El Acto Administrativo núm. 047/2026, de 16 de febrero de 2026, aprueba la Enmienda núm. 01-2026 al pliego del proceso INAPA-CCC-LPN-2025-0065. Mantiene un plazo máximo de ejecución de 18 meses desde el Acto de Inicio, que se realizará después del pago del anticipo, y modifica los criterios de evaluación técnica, con un máximo de 70 puntos y un mínimo de 49 para habilitarse.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se sustituye para esos equipos la documentación de propiedad, alquiler o disponibilidad por una declaración jurada, reduciendo la verificación documental de que el oferente tendrá los equipos disponibles..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda define una metodología combinada, pero luego establece que todos los documentos técnicos se evaluarán por puntaje y etiqueta los equipos mínimos como «CUMPLE/NO CUMPLE». La coexistencia de instrucciones diferentes puede afectar cómo se habilitan y puntúan las ofertas; conviene verificar qué regla aplicó la evaluación.
“la cual será evaluada bajo la metodología: combinada de acuerdo al artículo 81 del Reglamento núm. 416-23, … En la metodología de PUNTAJE todos los documentos referidos en numeral 11.1.2 "documentación técnica" serán evaluados bajo puntuaci”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación
Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…
El acto modifica de forma extensa los criterios de evaluación técnica. Según el portal, la última enmienda se registró el 17 de febrero y el cierre fue el 5 de marzo de 2026, un intervalo de alrededor de diez días hábiles; debe comprobarse si ese tiempo fue proporcional a los cambios y suficiente para ajustar las ofertas.
“Se modifica el numeral 12.1.3 Metodología y Criterios Evaluación para la documentación técnica" de la sección I del pliego de condiciones”
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Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
ART. 18. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas deberá efectuarse mediante la publicación, al menos, en dos diarios de circulación nacional por el término de dos (2) días, con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. Cuando se trate de licitaciones internacionales deberán disponerse, además, avisos en publicaciones de países extranjeros, en los plazos, con la forma y con las modalidades que establezca la reglamentación. La invitación a presentar ofertas en licitaciones restringidas deberá publicarse a través del portal web de la institución y del…
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
Sección I, numeral 12.1.3Metodología y criterios de evaluación técnica
El acto indica que se modifica el numeral 12.1.3, pero no reproduce el texto previo.
Establece metodología combinada, criterios técnicos por 70 puntos y umbral de 49; incluye criterios de personal, experiencia, metodología y equipos, aunque también dispone que todos los documentos técnicos se evalúen por puntaje.
Aclara
Sección I, equipos mínimos del oferentePrueba de disponibilidad de ciertos equipos menores
Se requerían documentos de propiedad, contratos de alquiler o certificación de disponibilidad para acreditar equipos.
Para compactadores manuales, bombas de achique, contenedores o furgones y torres de luces sin documentos de propiedad, permite justificar disponibilidad mediante declaración jurada.
RelajaQuita un control: Se sustituye para esos equipos la documentación de propiedad, alquiler o disponibilidad por una declaración jurada, reduciendo la verificación documental de que el oferente tendrá los equipos disponibles.
Sección I, tiempo de ejecución de la obraInicio del cómputo del plazo
El pliego previo fijaba un máximo de 18 meses; el acto no reproduce íntegramente la redacción anterior.
Conserva el máximo de 18 meses desde el Acto de Inicio y precisa que este se realizará después del pago del anticipo.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona