El pliego del proceso AMT-CCC-CP-2026-0002 establece las bases para construir aceras y contenes en las calles Los Polanco y Los Recio, con presupuesto base de RD$6,428,047.00 y ejecución prevista en dos meses. La convocatoria figura el 16 de febrero de 2026; el documento fija requisitos de calificación y evaluación técnica y económica, e incluye una exclusión de adjudicación para proveedores con contratos activos en el Ayuntamiento.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige experiencia mínima de 10 años en construcción para los apartados relativos a persona jurídica y califica como no cumplidores a quienes tengan de 0 a 5 años, sin precisar el tratamiento de quienes tengan entre 6 y 9. También consigna un requisito de dos años para persona física; para una obra con presupuesto base de RD$6,428,047.00, las diferencias y el umbral de diez años requieren justificación de proporcionalidad y claridad.
“1) Formulario de experiencia como contratista (SNCC.D.049) con el fin de acreditar[EXPERIENCIA MÍNIMA DE 10 PARA LOTE 1y 2, EN EL SECTOR CONSTRUCCION] … Experiencia de la empresa: De 0 - 5 años = (No cumple) De 10 años en adelante = (Cumple”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Según el portal, Brauli De Román Acevedo Rodriguez es el único oferente registrado y su oferta figura por RD$6, pendiente, frente al presupuesto base del pliego de RD$6,428,047.00. La diferencia extrema y la concurrencia registrada ameritan verificar si el monto es una oferta efectiva o un dato incompleto del portal; el estado pendiente no permite concluir que haya sido evaluada o aceptada.
“El presupuesto base para Construcción de Aceras y Contenes la calle Los Polanco y la calle Los Recio, Tamboril, Provincia Santiago, asciende a SEIS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL CUARENTA Y SIETE PESOS CON 00/100 (RD$6,428,047.00 ), ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El pliego fija un índice mínimo de liquidez de 0.8 en una sección y de 0.9 en otra. La divergencia deja incierto qué parámetro deben satisfacer los oferentes y permite resultados distintos de habilitación según cuál se aplique.
“Límite establecido: Mayor 0.8 Mayor o igual que ≥ 0.8 (Cumple) … Límite establecido: Mayor 0.9 Mayor o igual que ≥ 0.9 (Cumple)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
El documento impide adjudicar a cualquier proveedor con contratos activos en la institución, sin expresar una evaluación individual de capacidad para ejecutar esta obra. La restricción puede reducir la concurrencia de proveedores que, pese a tener contratos vigentes, estén en condiciones de cumplir.
“Con el fin de salvaguardar el principio participación establecido en la ley de Compras y Contrataciones Públicas no podrán ser adjudicatario del presente proceso los proveedores que posean contratos activos (en ejecución) en El AYUNTAMIENTO”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Oferentes que registra (1)
1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Brauli De Román Acevedo RodriguezEl portal registra la oferta como cargada y pendiente; el pliego no consigna evaluación ni adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona