El 12 de febrero de 2026, el Ayuntamiento emitió una enmienda al proceso de adquisición de combustible por RD$5,500,000. Aclaró el plazo y las modalidades de suministro, incorporó como requisito una licencia o permiso vigente del MICM y fijó la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento hasta el 30 de junio de 2026. La enmienda indica que la fecha límite para realizar la modificación ya había vencido; el portal registra la enmienda el 12 de febrero y el cierre de ofertas el 13 de febrero.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra la enmienda el 12 de febrero y el cierre de ofertas el 13 de febrero; la enmienda incorporó un requisito de licencia y precisó modalidades de suministro. No consta en los datos del portal una extensión del plazo. La Ley 47-25 prevé extender proporcionalmente el plazo y permitir nuevas preguntas y respuestas si una modificación se realiza después del 75 % del plazo de recepción; conviene verificar las marcas de tiempo y las comunicaciones efectivas en el SECP, pues el documento también dice que la fecha límite para modificar ya se había agotado.
““se procedió a incorporar en el Pliego de Condiciones, específicamente en el apartado de Documentación Legal, el requisito relativo a la presentación de la licencia y/o permiso vigente emitido por el Ministerio de Industria, Comercio y MIPY”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona