El acta, fechada el 6 de marzo de 2026, adjudica el 100% del proceso de adquisición de combustible a Estación de Servicio Javier, SRL, por RD$5,500,000. Registra que fue el único proveedor participante y que su oferta coincide con el monto presupuestado; el comité aprobó la adjudicación por unanimidad.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica el 6 de marzo de 2026, mientras que el portal registra el contrato por RD$5,500,000 con fecha 5 de marzo. Si esa fecha corresponde a la formalización del contrato y no solo a su registro o confirmación en el portal, habría que revisar la secuencia; los datos disponibles no permiten determinarlo.
“de fecha seis (06 … del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026), realizando la adjudicación de la siguiente manera”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 127 · Ley 47-25, art. 132 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 127 — Efectos de la adjudicación
Artículo 127.- Efectos de la adjudicación. Efectuada la notificación al adjudicatario y demás participantes, esta generará derechos y obligaciones para la institución contratante y para el adjudicatario a exigir la suscripción del contrato o emisión de orden de compra o de servicio.
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
El aviso indica que procede un recurso jerárquico contra el acto, sin mencionar primero la reconsideración ante el órgano responsable del proceso. La Ley 47-25 establece la reconsideración como primera impugnación y el recurso jerárquico impropio contra la resolución que la decide, por lo que el aviso podría inducir a confusión sobre la vía administrativa.
“Este acto administrativo del Comité de Compra y Contrataciones puede ser recurrible en sede administrativa, a través de la interposición de un recurso jerárquico en el plazo de diez (10) días, según lo establece el numeral 1 del artículo 67”
Ley 47-25, artículo 204 — Recurso de reconsideración
Artículo 204.- Recurso de reconsideración. Toda actuación recurrible en virtud de la presente ley deberá, en primer lugar, ser impugnada mediante un recurso de reconsideración ante el órgano responsable del proceso.
Artículo 207.- Recurso jerárquico impropio. El medio de impugnación contra las resoluciones que decidan recursos de reconsideración es el recurso jerárquico impropio ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.
Ley 47-25, artículo 210 — Carácter optativo de los recursos administrativos
Artículo 210.- Carácter optativo de los recursos administrativos. Los recursos administrativos previstos en la presente ley tendrán carácter optativo, por lo que el interesado podrá en todo caso acudir directamente a la vía contenciosa administrativa. Párrafo.- La elección de la vía jurisdiccional hará perder la administrativa; pero la interposición del recurso administrativo no impedirá desistir del mismo en cualquier estado a fin de promover la vía contenciosa, ni impedirá que se interponga el recurso contencioso administrativo una vez resuelto el recurso administrativo o transcurrido el plazo para decidir.
El acta consigna que la única oferta, por RD$5,500,000, coincide con los fondos presupuestados y recibe el 100% de la adjudicación. La coincidencia exacta no demuestra por sí sola una irregularidad, pero, sin competencia de precios entre ofertas, amerita verificar la razonabilidad del precio frente al mercado.
“ESTACION DE SERVICIO JAVIER SRL | RD$5,500,000.00 SEGUNDO: Entendiendo que la compañía ESTACION DE SERVICIO JAVIER SRL presento una oferta de RD$5,500,000.00, la cual cumple se ajusta a los fondos presupuestados”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 117 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 117 — Propuesta más conveniente
Artículo 117.- Propuesta más conveniente. La evaluación de las propuestas procurará que la selección recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación calidad-costo, menor costo del ciclo de vida o menor precio, según corresponda de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo.- Por su naturaleza, en los procedimientos de sorteo de obras el criterio determinante de la selección será el azar.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Estación de Servicio Javier, SRLEl acta la identifica como única participante y adjudica el 100% de la oferta; indica que cumplió con los requisitos técnicos y que el monto se ajusta a los fondos presupuestados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona