La circular no concreta la aclaración sobre equivalencias
· hace 8 meses
La respuesta identifica como no verificable el modelo XFV16-28 y anuncia que se modificará la ficha, pero no consigna los parámetros finales ni resuelve expresamente si se aceptarán equipos equivalentes o si existe exclusividad. Conviene verificar que la ficha revisada se publique con especificaciones objetivas y suficientes para preparar ofertas comparables.
“No se encontraron referencias técnicas, fichas oficiales, publicaciones de fabricante ni distribuidores autorizados que acrediten la existencia, fabricación o comercialización activa de un equipo con dicha denominación. Esta situación impid”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
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