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Pliego · Acta 02-2026

RESOLUCION100.pdf

Adquisición de (Termo de oxigeno Medicinal Liquido de 190 Kg), (Flete Directo Termo Oxigeno Medicinal), (Renta por Uso de Termo de Oxigeno Medicinal) y (Oxigeno Gaseoso Medicinal, Cilindro de 6m3) · Hospital Regional Dr. Alejandro Cabral

Publicado el 10 feb de 2026Fechado el 9 feb de 20264 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso HRDAC-CCC-PEEX-2026-0002

Lo que dice

La Resolución motivada núm. 02-2026, de fecha 10 de febrero de 2026, aprueba iniciar el procedimiento de excepción por exclusividad para adquirir oxígeno medicinal, fletes y renta de termos para el Hospital Regional Dr. Alejandro Cabral. También designa a César Nin como perito técnico e instruye a la Unidad de Compras a iniciar el trámite; la resolución fundamenta la decisión en la Ley 340-06 y el Reglamento 543-12.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Firmantes no coinciden con integrantes del comité consignados

Documento del 10 feb 2026 · hace 8 meses

La composición descrita identifica a Manuel Andrés Mejía Calderón y Flor María Duran de la Rosa como titulares de Planificación y de la OAI, pero las firmas identifican en esos roles a Quirico Herrera Bello y Orbic Vicioso. Conviene verificar en el expediente quiénes integraron y aprobaron la resolución y si existió una sustitución documentada.

“Ing. Manuel Andrés Mejía Calderón, Encargado División Planificación y Desarrollo, Miembro/Titular; Licda. Flor María Duran de la Rosa, Responsable de la Oficina de Acceso a la Información (OAI), Miembro/ titular. … Lcdo. Quirico Herrera Bel”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 19 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 19 — Integración

Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…

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A revisarHallazgo en documentos

Se designa un solo perito para el procedimiento

Documento del 10 feb 2026 · hace 8 meses

La resolución designa únicamente a César Nin para realizar evaluaciones e informes técnicos. El Reglamento 52-26 establece como regla un mínimo de tres peritos; las excepciones de un solo perito que enumera son para contratación menor y contratación directa sujeta a umbral, no para esta excepción por exclusividad.

“TERCERO: Designa como perito al Señor Cesar Nin, Encargado de Oxígeno, HRDAC a los fines de hacer las evaluaciones y realizar los informes técnicos correspondientes.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos

Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…

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Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos

Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…

A revisarHallazgo en documentos

La aprobación de la excepción se basa en normativa anterior

Documento del 10 feb 2026 · hace 8 meses

Esta resolución aprueba el inicio del procedimiento de exclusividad y sustenta la decisión en la Ley 340-06 y el Reglamento 543-12, aunque la convocatoria fue el 10 de febrero de 2026 y el proceso se rige por la Ley 47-25 y el Reglamento 52-26. Es un hecho distinto de la referencia a esas normas en el acta de adjudicación ya registrada; conviene verificar si la aprobación aplicó las reglas actuales para la excepción, incluida la invitación competitiva a los proveedores exclusivos.

“Que, para satisfacer la necesidad presentada, El Hospital Regional Dr. Alejandro Cabral (HRDAC) se ampara en los artículos 3, numeral 5 y 4, numerales 3 y 6, correspondiente al Reglamento de Aplicación de la Ley de Compras y Contrataciones ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 161 · Ley 47-25, art. 245 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción

Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…

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Reglamento 52-26, artículo 161 — Procedimiento de selección competitiva en caso de bienes o servicios con exclusividad

Artículo 161.- Procedimiento de selección competitiva en caso de bienes o servicios con exclusividad. En los casos de contrataciones de bienes o servicios que, por su especialidad, solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores, que en ningún caso puede ser superior a cinco (5), se aplican las siguientes reglas particulares: 1. El Comité de Contrataciones Públicas aprueba el uso de la excepción con base en el alcance y contenido establecidos en el informe de justificación, así como en el pliego de condiciones aplicable al procedimiento. 2. Se invita directamente a los proveedores que pueden satisfacer de manera exclusiva las prestaciones contractuales requeridas,…

Otros documentos del proceso (10)

  • RESOLUCION100.pdfResolución · 10 feb de 2026
  • APROP. PRESUP..pdfCertificación de fondos · 10 feb de 2026
  • COMPRA CONTRATACION.pdfSolicitud de compra · 10 feb de 2026
  • FICHA TECNICA.pdfPliego · 10 feb de 2026 · 2 señales
  • FICHA TECNICA.pdfPliego · 10 feb de 2026 · 2 señales
  • ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 10 feb de 2026 · 3 señales
  • ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • CUOTA COMP..pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Orden de Compras_10/2/2026_6_45 p.m..PdfDocumento · —

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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Ley 47-25, artículo 245 — Transición

Artículo 245.- Transición. Los procedimientos de contratación iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente ley, así como la celebración y ejecución de sus contratos, se sujetarán a lo establecido en las leyes vigentes al momento de la convocatoria, incluidas las recepciones, liquidación y solución de controversias.

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