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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

FICHA TECNICA.pdf

Adquisición de (Termo de oxigeno Medicinal Liquido de 190 Kg), (Flete Directo Termo Oxigeno Medicinal), (Renta por Uso de Termo de Oxigeno Medicinal) y (Oxigeno Gaseoso Medicinal, Cilindro de 6m3) · Hospital Regional Dr. Alejandro Cabral

Publicado el 10 feb de 2026Fechado el 9 feb de 20263 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso HRDAC-CCC-PEEX-2026-0002

Lo que dice

La ficha técnica del Hospital Regional Dr. Alejandro Cabral, fechada el 10 de febrero de 2026, invita a presentar ofertas para cuatro prestaciones de oxígeno medicinal: 200 termos líquidos de 190 kg, 60 fletes, 200 rentas de termos y 500 cilindros de 6 m³. Indica un precio de RD$5,095,000.00, exige cotización por el lote completo y establece requisitos de elegibilidad, entrega y garantía; la evaluación se describe como cumple/no cumple y la adjudicación se vincula a precio, calidad y otras condiciones.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.1 millones

Criterio de adjudicación descrito sin regla concreta de valoración

Documento del 10 feb 2026 · hace 8 meses

La ficha establece evaluación cumple/no cumple, pero también dispone considerar precio, calidad y «demás condiciones» sin explicar cómo se comparan o ponderan esos elementos. La falta de una regla de valoración explícita puede reducir la objetividad y reproducibilidad de la selección.

“Las propuestas deberán contener la documentación necesaria, suficiente y fehaciente para demostrar los siguientes aspectos que serán verificados bajo la modalidad (CUMPLE/NO CUMPLE) … Adquisición: la Adjudicación será decidida a favor del o”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Requisitos fiscales podrían excluir a ciertas MIPYMES

Documento del 10 feb 2026 · hace 8 meses

La ficha condiciona la elegibilidad a demostrar que el oferente está al día con DGII y TSS. La Ley permite que las MIPYMES participen aun con obligaciones pendientes por hasta seis meses y prohíbe exigir nuevamente documentos vigentes ya disponibles en el Registro de Proveedores; conviene verificar cómo se aplican esas reglas en este proceso.

“Certificación emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), donde se manifieste donde se manifieste que el oferente/proponente se encuentra al día en el pago de sus obligaciones fiscales. Certificación emitida por la tesore”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Ley 47-25, art. 41 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 41 — Deberes de los interesados en participar como oferentes

Artículo 41.- Deberes de los interesados en participar como oferentes. Las personas físicas o jurídicas interesadas en participar como oferentes en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley deberán estar inscritas en el Registro de Proveedor del Estado, administrado y operado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán los requisitos y el procedimiento de inscripción como proveedor del Estado, indicando la documentación requerida para acreditar la capacidad jurídica, la actividad económica del interesado, el cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales y de la seguridad social,…

Otros documentos del proceso (10)

  • RESOLUCION100.pdfResolución · 10 feb de 2026
  • APROP. PRESUP..pdfCertificación de fondos · 10 feb de 2026
  • COMPRA CONTRATACION.pdfSolicitud de compra · 10 feb de 2026
  • RESOLUCION100.pdfPliego · 10 feb de 2026 · 3 señales
  • FICHA TECNICA.pdfPliego · 10 feb de 2026 · 2 señales
  • ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 10 feb de 2026 · 3 señales
  • ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • CUOTA COMP..pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Orden de Compras_10/2/2026_6_45 p.m..PdfDocumento · —

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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