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Resolución

RESOLUCION MATADERO.pdf

COMPRA DE TERRENO PARA LA CONSTRUCCION DEL MATADERO MUNICIPAL · Ayuntamiento Municipal de Cotuí

Publicado el 10 feb de 2026Fechado el 21 ene de 20263 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso Ayuntamiento Cotuí-CCC-PEPU-2026-0002

Lo que dice

La Resolución No. 0004-2026 aprueba la compra de terrenos para el matadero municipal de Cotuí mediante la excepción por proveedor único y ordena continuar el procedimiento. Está fechada el 22 de enero de 2026, antes de la convocatoria del 10 de febrero y antes de la entrada en vigencia del marco citado; el portal registra un estimado de RD$8,000,000 y un contrato por RD$7,999,999.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentos

Un considerando de fondos menciona la construcción de una funeraria

Documento del 10 feb 2026 · hace 8 meses

Aunque la resolución aprueba la compra de terrenos para el matadero, un considerando afirma que los fondos corresponden también a la compra y construcción de una nueva funeraria. El expediente registra otro proceso de compra de terreno para una funeraria municipal; conviene verificar que la motivación presupuestaria y la aprobación correspondan inequívocamente a este procedimiento.

“CONSIDERANDO: Que la ley 47-25, indica expresamente que: "Ningún Procedimiento de Compras o Contrataciones podrá ser iniciado si no se dispone de la respectiva apropiación presupuestaria y cuota de Compromiso, mediante la emisión de la Cert”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 24 · Ley 47-25, art. 79 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 24 — Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas

Artículo 24.- Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas. La administración, en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación, siempre fundamentará su actuación en las motivaciones y argumentaciones correspondientes.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones

Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Aprobación fechada antes de la solicitud y del marco vigente

Documento del 10 feb 2026 · hace 8 meses

La resolución fecha la aprobación de la modalidad el 22 de enero, mientras que los documentos del proceso resumidos en el expediente sitúan la solicitud y autorización el 2 de febrero y el informe justificativo y el acta de aprobación de modalidad el 5 de febrero; además, cita el Reglamento 52-26, emitido el 28 de enero. Como el proceso se convocó el 10 de febrero, la secuencia y el fundamento temporal de esta aprobación requieren verificación; podría tratarse de un error de fecha.

“CONSIDERANDO: Que, asimismo, el Reglamento de Aplicación núm. 52-26, dispone que serán considerados casos de excepción y no una violación a la ley, las compras y contrataciones de bienes o servicios que se realicen mediante el procedimiento”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 248 · Reglamento 52-26, art. 249 · Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 248 — Entrada en vigencia

Artículo 248.- Entrada en vigencia. La presente ley entrará en vigencia a los ciento ochenta (180) días después de su promulgación y publicación.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 249 — Aplicación del reglamento

Artículo 249.- Aplicación del reglamento. Las disposiciones establecidas en el presente reglamento son aplicables únicamente a los procedimientos de contratación que se inicien con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley núm. 47-25, de Contrataciones Públicas. Párrafo I. Sin perjuicio de la vigencia plena y obligatoria de los principios, derechos, obligaciones y requisitos sustantivos establecidos en la Ley núm. 47-25 y en este reglamento, la implementación operativa de los nuevos procedimientos de contratación puede realizarse de manera progresiva, limitada exclusivamente a su incorporación y funcionamiento en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Párrafo II. En…

Texto oficial completo

Otros documentos del proceso (15)

  • Acta de Aprobacion de la Modalidad de Contratacion y Peritos.pdfInforme pericial · 10 feb de 2026 · 2 señales
  • Acta de Aprobacion de las Bases de Contratacion.pdfPliego · 10 feb de 2026
  • AUTORIZACION.pdfActa · 10 feb de 2026 · 1 señal
  • Certificación existencia de fondos.pdfCertificación de fondos · 10 feb de 2026 · 1 señal
  • compromisoetico de las instituciones contratantes.pdfDocumento · 10 feb de 2026
  • CONVOCATORIA.pdfDocumento · 10 feb de 2026
  • INFORME EXEPCION MATADERO.pdfInforme justificativo · 10 feb de 2026 · 1 señal
  • PLIEGO MATADERO.pdfPliego · 10 feb de 2026 · 3 señales
  • SOLICITUD.pdfSolicitud de compra · 10 feb de 2026
  • ENMIEMDA No 3 matadero.pdfDocumento · 16 feb de 2026
  • ADJUDICACION_20260327_0001.pdfActa de adjudicación · 27 mar de 2026

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones

Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…

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ADJUDICACION_20260327_0001.pdfActa de adjudicación · —
  • Certificación existencia de fondos.pdfCertificación de fondos · —
  • contrato MATADERO.pdfContrato · —
  • Informe final del portalDocumento · —