La Resolución MINERIA-CCC-2026-0006, levantada el 3 de febrero de 2026, aprueba la evaluación y adjudica a Colmado Cafetería Ortíz, SRL el servicio de almuerzo por RD$5,644,305.80. El acta consigna que La Terraza de Gazcue Ranova, SRL quedó excluida de la apertura económica tras no subsanar satisfactoriamente un acta societaria requerida. También registra que Colmado Cafetería Ortíz ajustó las cantidades de raciones solicitadas en el pliego para no superar el monto indicado como límite del procedimiento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que Colmado Cafetería Ortíz ajustó las cantidades solicitadas en el pliego para mantenerse bajo el límite que cita. El pliego, según el resumen del expediente, contemplaba 22,500 raciones; conviene verificar cuántas se adjudicaron y si la reducción alteró el objeto o la comparabilidad de las ofertas. La adjudicación pese a ese ajuste merece revisión, aunque el documento no detalla la cantidad final.
“sin embargo, en cuanto a la cantidad de raciones solicitadas en el Pliego de condiciones del proceso de comparación de precios , las mismas fueron ajustadas por la sociedad comercial COLMADO CAFETERIA ORTIZ, S.R.L., esto a los fines de no s”
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación
Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…
El acta adjudica a Colmado Cafetería Ortíz por RD$5,644,305.80, mientras que el portal muestra su oferta como RD$0 y «Cargada / Pendiente», aunque registra un contrato por RD$5,644,306. La diferencia entre el monto adjudicado y el contrato es compatible con redondeo; el registro de la oferta en cero podría ser una actualización tardía, por lo que conviene verificar la publicación y trazabilidad de la oferta económica.
“SEGUNDO: ADJUDICAR a COLMADO CAFETERÍA ORTIZ, S.R.L., el proceso de comparación de precios DIRECCIONG.MINERIA-CCC-CP-2026-0001, para la contratación del servicio de suministro de almuerzo para el personal de planta de la Dirección General d”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 33 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Reglamento 416-23, artículo 33 — Responsabilidad de la información gestionada en el SECP
Artículo 33. Responsabilidad de la información gestionada en el SECP. Las instituciones contratantes y los oferentes, como usuarios del SECP serán los responsables de la calidad, actualización y autenticidad de la información que publiquen en dicho sistema. En consecuencia, la Dirección General de Contrataciones Públicas no es responsable de la naturaleza y el contenido de la información generada por los usuarios y su responsabilidad se limita a mantener la integridad, inalterabilidad, fidelidad, disponibilidad y conservación de los documentos electrónicos, por lo que el contenido de los documentos consolidados en soporte digital y generados por los usuarios, y las acciones derivadas del…
Oferentes que registra (2)
1 adjudicado · 1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Colmado Cafetería Ortíz, SRLAdjudicado; el acta registra 98 puntos y que fue el único oferente habilitado para la apertura económica.
Adjudicado
—
RD$5,644,306
La Terraza de Gazcue Ranova, SRLExcluida de la apertura de la oferta económica por no presentar satisfactoriamente, durante la subsanación, el acta de asamblea general extraordinaria actualizada y registrada.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona