El estudio previo, fechado el 14 de enero de 2026, justifica la adquisición de dos generadores eléctricos silenciosos de 250 kW/310 kVA para contingencias de ETED y estima un costo total de RD$5,600,000, incluidos impuestos. Describe una comparación de precios y señala que se requerirían cartas del fabricante que acrediten a los oferentes como proveedores autorizados; propone pagos de 20% de anticipo y 80% tras la entrega satisfactoria.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El estudio indica que el proceso se dirigirá a oferentes con cartas del fabricante que los autoricen como proveedores certificados. Aunque no identifica una marca ni cuántos proveedores podrían cumplirlo, esta condición puede limitar la participación a distribuidores autorizados y merece verificarse en el pliego y su justificación técnica.
“Estos equipos cuentan con distribuidores autorizados en el país, por lo que este proceso de compra estará dirigido a oferentes con cartas de fabricante que los autoricen como proveedores certificados.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El costo estimado es RD$2,800,000 por unidad; el dato de referencia del portal para 1,480 ítems genéricos de generadores eléctricos tiene una mediana de RD$80,550 y un límite superior del rango central de RD$671,576.25. La potencia de 250 kW/310 kVA y las características técnicas pueden explicar parte o toda la diferencia, por lo que conviene comprobar que las cotizaciones y referencias comparadas correspondan a equipos equivalentes.
“Los costos estimados de los generadores Eléctricos Silenciosos de 250KW/310KVA de RD$2,800,000.00, para un total de RD$5,600,000.00 de acuerdo con las estimaciones del mercado, basadas en cotizaciones realizadas y precios disponibles en lín”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona