El pliego establece una licitación pública nacional para adquirir una SUV para la Dirección General de la UAF, con valor referencial de RD$6,000,000.00 y entrega en un máximo de 90 días. Fija la recepción de ofertas para el 18 de marzo de 2026 y la adjudicación para el 27 de abril de 2026; no adjudica ni evalúa oferentes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego limita el anticipo para MIPYMES al 20% y lo condiciona a la aprobación del contrato por la Contraloría; la Ley establece un anticipo del 30% con la suscripción del instrumento contractual. La diferencia afecta las condiciones de liquidez previstas para esos proveedores.
“Hito para pago (1): Se realizará un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será el veinte por ciento (200lo) del valor del Contrato, … pago se realizará una vez aprobado el Contrato por la Contraloría General de la República y”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El pliego combina requisitos específicos de motor, torque y configuración de asientos. Aunque no identifica una marca, conviene verificar con el mercado si el conjunto permite competencia efectiva o restringe innecesariamente los modelos que pueden ofertarse.
“c. Entre 2,8 y 3.0 litros. … e. Torque de 500 nm o superior. … 23. Tercera fila de asientos.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
El pliego requiere garantía de seriedad equivalente al 1% de la oferta y solo limita para las MIPYMES la forma de garantía a una fianza de seguro. La Ley dispone que no se requiere garantía de seriedad de oferta para las MIPYMES, por lo que esta exigencia añade una carga de participación.
“Póliza6 por un monto equivalente a uno por ciento ('l%o) del monto de la oferta a presentar. Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo será exigida lafianza de seguro.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
Para la declaración del oferente, el pliego remite a disposiciones de la Ley 340-06; además, dispone verificar inhabilidades e incompatibilidades conforme a los artículos 15 y 16 de la Ley 47-25, que regulan el cargo de director general de la DGCP. La Ley 47-25 regula las inhabilidades para contratar con proveedores en su artículo 38; conviene verificar que los controles de elegibilidad apliquen ese régimen vigente.
“Declaración jurada simple (no requiere firma de notario público) del oferente manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones en el artículo 8 numeral 3 y artículo 14 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. … validar que no”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar
Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…
Para habilitar la apertura económica, el pliego exige estados financieros certificados de 2023 y 2024 y fija solvencia mínima de 1.20 y liquidez corriente de 0.9. Por el valor referencial de RD$6,000,000, es pertinente revisar si estos requisitos son proporcionales a la capacidad financiera necesaria para suministrar una unidad.
“Límite establec¡do: Mayor f .20 Mayor o iguol que > 1.20 (Cumple) Menor que < 1.20 (No cumple)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona