El acta, fechada el 29 de enero de 2026, adjudica servicios de publicidad para febrero-junio de 2026 a siete oferentes por un total de RD$11,182,200. Consigna que ocho oferentes cumplieron los requisitos, pero no incluye a CDN-TV en la resolución; el portal, en cambio, registra un contrato para esa empresa por RD$767,000. El pliego fijaba como fecha límite de recepción el 23 de enero, aunque el portal sitúa la publicación y el cierre el 27 de enero, fecha en que el acta dice que se abrieron las ofertas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta afirma que los ocho oferentes cumplieron, pero su resolución adjudica a siete y omite a CDN-TV. El portal registra para CDN-TV un contrato de RD$767,000; la diferencia entre el resultado formal y el contrato registrado requiere aclarar qué acto sustentó esa contratación.
““quienes cumplieron con los requisitos legales, financieros y técnicos, donde se realizaron las recomendaciones de lugar.” … “1. ADJUDICAR el proceso REF. IDOPPRIL-CCC-PEPB-2026-0001, para contratación de servicios de publicidad a través de”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El pliego indica recepción de ofertas a más tardar el 23 de enero, mientras el portal registra la publicación y el cierre el 27 de enero; el acta también consigna que ese día se publicaron y abrieron las ofertas. La secuencia deja la fecha límite anterior a la convocatoria registrada y merece revisión por su posible efecto en la oportunidad efectiva de participar.
“Que en fecha 27 de enero 2026, el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), publicó el procedimiento para contratación de servicios de publicidad a través de los medios de comunicación social”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 91 · Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 91 — Publicidad de la convocatoria
Artículo 91. Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en los procedimientos de selección ordinarios y de excepción deberá generarse a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y del portal web de la institución contratante. Conjuntamente con la convocatoria, deberán hacerse disponibles los pliegos de condiciones a través de los medios indicados.
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
El acta adjudica contratos de publicidad a EFAP, Chahede Group y FENATRAZONAS. Según los datos de DGII consultados el 27/09/2026, sus actividades registradas son, respectivamente, consultorías técnicas, servicios jurídicos y servicios sindicales; al ser información posterior al proceso, no acredita cuál era su actividad al ofertar, pero conviene contrastarla con la capacidad y los medios ofertados para prestar la publicidad.
““EFAP, SRL; AHORA TELEVISIÓN ABIERTA DATV, SRL; MDL ENTERTAINMENT, SRL; PIO DEPORTES RADIO TV, SRL; CADENA DE NOTICIAS TELEVISIÓN (CDN-TV), S.A.; CHAHEDE GROUP, SRL y FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE ZONAS FRANCAS (FENATRAZONAS)””
CADENA DE NOTICIAS TELEVISIÓN (CDN-TV), S.A.El acta la incluye entre los oferentes que cumplieron, pero no la enumera en su resolución de adjudicación. El portal registra un contrato por RD$767,000.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona