La Enmienda I del proceso MEM-CCC-LPN-2025-0019, fechada el 27 de enero de 2026, modifica especificaciones, requisitos de experiencia y códigos UNSPSC. Reduce el plazo de ejecución contractual de seis meses a 90 días y reemplaza requisitos de experiencia de la empresa y del personal técnico. También cambia el código comercial exigido en el RPE y mantiene especificaciones técnicas detalladas para los equipos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se amplía o cambia la clasificación del RPE usada para verificar que la actividad comercial del oferente corresponda al objeto.; Disminuye la experiencia específica exigida directamente a la empresa y sustituye la verificación de sus proyectos subterráneos por experiencia general en áreas relacionadas.; Reduce los mínimos de experiencia profesional utilizados para verificar la capacidad del personal clave..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda exige en las especificaciones que el personal técnico acredite 10.000 metros de levantamientos subterráneos, incluidos 2.000 metros con escaneo láser móvil, pero ese mínimo no aparece en la matriz de evaluación revisada. La diferencia deja incierto cómo se comprobará y aplicará ese requisito habilitante.
“Personal técnico propuesto deberá presentar experiencia en levantamientos subterráneos de 10.000 metros mínimos en los que al menos uno de los proyectos incluya 2000 metros mediante equipos de escaneo láser móviles. Experiencia de al menos ”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
La enmienda conserva requisitos acumulativos y específicos para el dron y el escáner, como modos de vuelo, iluminación, resolución, alcance y velocidad de captura. Conviene verificar que existan alternativas técnicamente equivalentes disponibles y que la descripción permita competencia suficiente; el documento no identifica una marca o modelo.
“Dron con autonomía de 24 minutos por batería o 250 metros equivalentes en trabajo, con sensores RGB y sensor térmico, iluminación oblicua con luces 10k lumen, cámara gimbal +/-90º, cámara real de 4K de 12 megapixeles y sistema de propulsión”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Objeto y credenciales legalesActividad comercial UNSPSC inscrita en el RPE
El pliego consignaba distintos códigos: 71151600 y/o 81151600 como actividad preferible, 71112318 en credenciales y 71110000 en evaluación legal.
Se establece 71150000 y/o 8115000 como actividad comercial en credenciales y evaluación legal.
RelajaQuita un control: Se amplía o cambia la clasificación del RPE usada para verificar que la actividad comercial del oferente corresponda al objeto.
Especificaciones técnicas y evaluación de experiencia de la empresaExperiencia de la empresa
Se exigía experiencia en trabajos subterráneos y levantamientos demostrables de al menos 10.000 metros, incluidos 2.000 metros con escaneo láser móvil; la matriz también consignaba al menos 10 años de experiencia subterránea.
Se exige a la empresa al menos cinco años en trabajos de ingeniería, topografía y estudios de subsuelo. El requisito de 10.000 metros y 2.000 metros con escaneo móvil aparece trasladado a la experiencia del personal técnico propuesto en las especificaciones.
RelajaQuita un control: Disminuye la experiencia específica exigida directamente a la empresa y sustituye la verificación de sus proyectos subterráneos por experiencia general en áreas relacionadas.
Metodología y criterios de evaluación técnicaExperiencia del personal clave
La matriz indicaba para el ingeniero especialista al menos 20 años de experiencia y 10 años en proyectos subterráneos, y para el coordinador de equipos al menos 10 años.
La matriz exige al ingeniero especialista al menos 12 años y 8 en proyectos subterráneos, y al coordinador de equipos al menos 7 años.
RelajaQuita un control: Reduce los mínimos de experiencia profesional utilizados para verificar la capacidad del personal clave.
Tiempo de ejecución del servicioPlazo contractual
El plazo estimado del servicio era de seis meses.
El servicio se ejecutará en un plazo de 90 días, siguiendo los cronogramas de entrega de la sección 7.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…