Publicado el 27 ene de 202665 páginasEn el mensaje «ACTO ADMINISTRATIVO QUE ENMIENDA EL PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL EDENORTE-CCC-LPN-2025-0019 CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PLOMERÍA, JARDINERÍA Y REQUERIMIENTOS MENORES PARA EDENORTE DOMINICANA, S.A., PRIMERA CONVOCATORIA.»
El pliego enmendado regula la licitación pública nacional EDENORTE-CCC-LPN-2025-0019 para contratar, por un año y en un lote único, servicios de plomería, jardinería y requerimientos menores, con presupuesto referencial de RD$19,000,000. Establece recepción de ofertas hasta el 6 de febrero de 2026 y contempla que el inicio de ejecución ocurra después de la legalización notarial del contrato. El portal registra ofertas de Procomer, SRL y PG Contratistas, SRL por RD$19,000,000 cada una, y un contrato adjudicado a Procomer por ese monto.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige ofertar el mismo valor referencial de RD$19,000,000, aunque permite ponderar los precios unitarios en un rango de ±20%. El portal registra a Procomer y PG Contratistas con ofertas por exactamente RD$19,000,000; conviene revisar cómo se comparó la competencia económica cuando el monto total estaba predeterminado.
“El oferente como parte de su oferta económica deberá ofertar el mismo valor referencial dispuesto en el proceso, indicando el margen de porcentaje de gestión administrativa.”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Oferentes que registra (2)
1 adjudicado · 1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Procomer, SRLEl portal registra un contrato activo y confirmado por RD$19,000,000; la oferta figura como cargada/pendiente.
Adjudicado
Lote único
RD$19,000,000
PG Contratistas, SRLEl portal registra una oferta cargada/pendiente por RD$19,000,000; el documento no consigna su resultado de evaluación.
Mencionado
Lote único
RD$19,000,000
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
11.2, tabla referencial de mano de obraSustitución de la tabla de precios referenciales
El pliego original contenía una tabla referencial de mano de obra.
El pliego enmendado sustituye la tabla referencial de mano de obra; el documento presenta valores referenciales actualizados, sin permitir comparar aquí todas las cifras anteriores y nuevas.
Neutral
Sección III, 5. Inicio de EjecuciónMomento de inicio de la ejecución
El inicio de ejecución se vinculaba a la suscripción del contrato.
La ejecución inicia después de la legalización notarial del contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
Para prestar servicios en toda la zona de concesión, el pliego exige contar con un centro o sucursal en Santiago con cinco años mínimos de establecimiento. La exigencia geográfica y temporal puede limitar la participación de proveedores que podrían atender la cobertura, por lo que conviene verificar su proporcionalidad respecto de la necesidad operativa.
“El proveedor deberá contar con, al menos, un centro o sucursal de operaciones ubicado en la ciudad de Santiago de los Caballeros, el cual deberá tener un tiempo de establecimiento no menor de cinco (5) años”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Una disposición cuenta la vigencia anual desde la adjudicación y otra desde la suscripción del contrato; además, el inicio de ejecución queda supeditado a la legalización notarial. La discrepancia puede afectar la determinación del período de prestación y requiere aclarar cuál fecha rige el plazo efectivo.
“La vigencia de la contratación será por un periodo de un (1) año contado a partir de la fecha de la adjudicación del contrato. … La vigencia de la contratación será por un periodo de un (1) año contado a partir de la fecha de suscripción de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…