El pliego de enero de 2026 establece las condiciones para construir el Mercado Municipal de Piedra Blanca, con presupuesto base de RD$25,000,000 y modalidad de comparación de precios dirigida a MIPYMES. Fija la recepción de ofertas para el 5 de febrero de 2026 y adjudicación prevista para el 20 de febrero. Entre las condiciones destacan una limitación territorial para participar, requisitos financieros y puntuaciones técnicas que incluyen posgrados especializados; además, el documento establece fechas contradictorias para la vigencia de la garantía de seriedad.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige al menos 90 de 100 puntos y otorga puntos por perfiles que incluyen maestría en ingeniería de estructuras y máster en estructuras metálicas. Al faltar cualquiera de esos perfiles se pierden puntos necesarios para alcanzar el mínimo, por lo que requisitos presentados como puntuables pueden operar como filtros de calificación; conviene verificar su proporcionalidad respecto de la obra estimada en RD$25,000,000.
“Para ser calificado un oferente deberá alcanzar al menos 90 puntos, de lo contrario queda descalificado para la apertura de Oferta Económica. … 1 profesional con experiencia y titulación en el área de Gestión de Proyectos, y 1 profesional c” (págs. 19-22, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Para la obra de RD$25,000,000, el pliego requiere solvencia superior a 1.20, estados financieros de dos ejercicios consecutivos y una línea de crédito o saldo disponible de al menos el 25% del valor de la obra (RD$6,250,000). Conviene revisar si el conjunto de requisitos es proporcional al objeto y a la capacidad de las MIPYMES a las que se dirige el proceso.
“Estado(s) Financiero(s) de los último(s) dos (02) años de ejercicio(s) contable(s) consecutivo(s), certificado(s) por una firma de auditores o un CPA (contador público autorizado), donde se verificará lo siguiente: índice de solvencia. … Ce” (pág. 10, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El cronograma prevé suscribir el contrato el 23 de febrero, pero una cláusula fija la vigencia de la garantía hasta el 20 de febrero; otras partes indican el 25 de febrero y, además, veinte días después de la fecha prevista para la firma. La inconsistencia puede dejar la garantía vencida antes de la suscripción o generar dudas sobre el plazo exigible.
“La vigencia de la garantía deberá ser hasta el 20 de febrero del año 2026. … Con una vigencia hasta el veinticinco (25) de febrero del año 2026” (págs. 16-24, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
El pliego limita la participación a oferentes con domicilio principal en la provincia Monseñor Nouel, restringiendo la competencia por ubicación. Además, una tabla identifica el llamado como dirigido a proveedores del municipio de Bonao, mientras otra cláusula establece como ámbito la provincia; la diferencia puede generar incertidumbre sobre quiénes pueden participar.
“DIRIGIDO A PROVEEDORES DEL MUNICIPIO DE BONAO … Podrán participar en este procedimiento de selección únicamente aquellos oferentes inscritos en el Registro de Proveedores del Estado (RPE) que tengan su domicilio principal en la Provincia Mo” (pág. 5, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona