El Comité adjudicó el proceso MICM-CCC-CP-2025-0031, mediante el Acta 01-2026 fechada el 6 de enero de 2026, por RD$4,404,410.90 con impuestos incluidos. Cabacon Servicios de Ingeniería, SRL obtuvo el Lote 1 por RD$2,164,600.00 y Femi Soluciones Comerciales, SRL el Lote 2 por RD$2,239,810.90; ambas fueron habilitadas y sus ofertas ocuparon el primer lugar en los lotes adjudicados.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica los lotes a Femi y Cabacon y afirma que sus garantías de RD$57,500.00 cumplen el requisito del 1% del monto total ofertado. Sin embargo, el 1% de sus ofertas totales consignadas (RD$5,459,794.90 y RD$5,489,804.80) es, respectivamente, RD$54,597.95 y RD$54,898.05; la diferencia merece verificarse porque ambas empresas resultaron adjudicatarias.
“Dicha Garantía cumple con el 1% establecido en el artículo 196 del Decreto y con lo días hábiles de vigencia requeridos en el pliego de condiciones desde el 21/11/2025 al 27/02/2026, conforme a! artículo 197 del referido decreto. … por un m”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 196 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 196 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 196. Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta será de un 1 % del monto de la oferta presentada, esta es de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro del sobre contentivo de la oferta económica o “Sobre B”.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
En las evaluaciones, Femi aparece como “Cumple” aunque su oferta para el Lote 1 excede la apropiación en 28.79%, y Cabacon también aparece como “Cumple” pese a que su oferta para el Lote 2 la excede en 2.31%. Ninguna fue adjudicada en el lote cuyo monto excedía la apropiación —Cabacon ganó el Lote 1 y Femi el Lote 2—, pero la diferencia entre los resultados de cumplimiento y las cifras consignadas requiere revisar cómo se aplicó el criterio económico por lote.
“2. El precio ofertado está dentro del rango del presupuesto o valor referencia!, indicando en el numeral 4 del Pliego de Condiciones. Cumple El LOTE 1 excede en un 28.79% la apropiación Presupuestaria … El LOTE 2 solo excede”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Oferentes que registra (6)
4 no habilitado · 2 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Guarpo Solutions, S.R.L.No cumplió el criterio financiero: índice de endeudamiento de 4.19 frente al máximo esperado de 1.50; además, no presentó la oferta técnica completa requerida.
Lote 1: Automatización de los Baños de la Torre MICM
RD$2,164,600
Structo Construcciones, S.R.L.No cumplió el criterio financiero: índice de endeudamiento de 5.71 frente al máximo esperado de 1.50; el acta también consigna inconsistencias entre el IR-2 y los estados financieros subsanados y una discrepancia en la documentación ambiental.
No habilitado
Lotes 1 y 2
—
Inversiones Peyco, S.R.L.Obtuvo un índice de endeudamiento de 4.90 frente al máximo esperado de 1.50.
No habilitado
Lotes 1 y 2
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Dangelo y Asociados, S.R.L.Para el Lote 2, obtuvo un índice de liquidez de 0.40 frente al mínimo esperado de 1.00 y un índice de endeudamiento de 3.68 frente al máximo esperado de 1.50.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona