El Acto Administrativo núm. 002-2026, de 2026-01-19, aprueba la Enmienda núm. 1 al pliego del proceso MINISTERIO HACIENDA-CCC-LPN-2025-0004, tras observaciones del monitoreo preventivo de la DGCP. La enmienda desglosa valores referenciales por ítem y establece un umbral de 15% para ofertas no sustentables, incorpora un anticipo del 20% para adjudicatarios MIPYMES y modifica condiciones de inicio, cronograma y vigencia de ofertas y garantías. El valor referencial total consignado es RD$26,934,800.00.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda alude a ofertas por debajo o por encima del 15%, pero el desarrollo del criterio solo define como potencialmente temeraria la oferta más de 15% inferior. La discrepancia deja indeterminado cómo se tratarían las ofertas por encima del presupuesto base.
“Se considerará oferta no sustentable aquella que este por debajo o por encima del 15% del valor del presupuesto base, conforme a la normativa vigente, a fin de garantizar transparencia y evitar adjudicaciones temerarias que comprometen la e”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
La sección establece que la garantía debe durar hasta veinte días después de la fecha prevista para suscribir el contrato, pero también fija su vigencia hasta el mismo día de la suscripción, el 11 de marzo de 2026. La contradicción genera incertidumbre sobre la cobertura exigida.
“Con la finalidad de garantizar que los oferentes y eventuales adjudicatarios no retiren sin causa justificada las ofertas presentadas en el procedimiento de selección y para proteger al Ministerio de Hacienda y Economía ante dicho”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
La enmienda incorpora el anticipo del 20% para una MIPYME adjudicataria, pero no indica cuándo se pagará ni aclara cómo se articula con el plazo de hasta 15 días previsto para el pago único. El informe de monitoreo había solicitado expresamente establecer el plazo y su punto de partida.
“La Entidad Contratante procederá a realizar un único pago por la totalidad del Monto del Contrato, en un plazo no mayor a 15 días calendario, sujeto a: i) la emisión de la certificación de registro del Contrato por parte de la Contraloría”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance
Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.
3.1, valor referencialDesglose por ítem y criterio de oferta no sustentable
El informe de monitoreo indica que el pliego no expresaba el porcentaje de baja ni el valor referencial por ítem.
Se incorpora el valor referencial por ítem y un criterio de 15%; la redacción menciona ofertas por debajo o por encima del 15%, pero luego describe únicamente ofertas inferiores en más de 15%.
Endurece
33, condiciones de pagoAnticipo para adjudicatarios MIPYMES
Se establecía un único pago por el monto total del contrato, sin previsión expresa del anticipo para una MIPYME adjudicataria.
Se añade que, si resulta adjudicada una MIPYME, se realizará un pago del 20% del valor del contrato.
Relaja
Tiempo de ejecución del servicioInicio de la ejecución
El año de ejecución se contaba desde la fecha en que se iniciaran los servicios, sin definir el plazo ni el punto de partida de ese inicio.
El inicio queda condicionado al registro del contrato ante la Contraloría, al pago del anticipo si el adjudicatario es MIPYME y a verificar con la Dirección de Tecnología la fecha de inicio de los servicios por ítem.
Aclara
CronogramaNotificación y plazo para constituir la garantía de fiel cumplimiento
El monitoreo cita notificación de adjudicación para el 3 de marzo de 2026 y presentación de garantía hasta el 6 de marzo de 2026.
Se fija adjudicación para el 25 de febrero de 2026, notificación para el 2 de marzo de 2026 y garantía de fiel cumplimiento hasta el 6 de marzo de 2026.
Neutral
Plazo de mantenimiento de oferta y garantía de seriedadFechas de vigencia
La oferta y la garantía de seriedad debían mantenerse vigentes hasta el 1 de abril de 2026.
La oferta se fija hasta el 11 de marzo de 2026; la garantía se describe como vigente hasta veinte días después de la firma, pero también se señala como fecha de vigencia el 11 de marzo de 2026.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona