La circular, fechada el 19 de enero de 2026, responde consultas sobre la licitación MINISTERIO HACIENDA-CCC-LPN-2025-0004. Precisa que los servicios tendrán una duración de un año, sujeta a varios eventos para iniciar el cómputo, y adjunta un reporte actualizado de SolarWinds cuyo conteo final de HCO es 515 nodos, frente a 258 que aparecen en la consulta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento reproduce en la consulta un HCO final count de 258 y adjunta un reporte actualizado con 515, una diferencia de 257 nodos. Como el conteo puede incidir en el dimensionamiento y precio de la licencia, conviene verificar qué inventario y costo se usaron para comparar las ofertas; la respuesta lo presenta como un reporte actualizado.
“HCO FINAL COUNT 244 7 21 258 … TOTAL NODES | ICMP STATUS ONLY NODES | CLOUD NODES | HCO FINAL COUNT 532 | 17 | 0 | 515”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La respuesta fija un año de duración, pero condiciona el comienzo a eventos distintos, incluido el pago del anticipo a MIPYMES cuando corresponda y una verificación de fecha con la Dirección de Tecnología. La secuencia y la fecha efectiva de inicio quedan sujetas a esos eventos, por lo que conviene comprobar cómo se aplicó en la ejecución contractual.
“El tiempo de ejecución de los servicios de mantenimiento, y renovación de licencias será de Un (1) año contado a partir 1: Que haya sido formalizado el registro del contrato por antes la contraloría General de la República 2: En caso de que”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
Especificaciones técnicas — SolarWindsConteo de nodos para la renovación de licencias
En la consulta se muestra un HCO final count de 258 nodos.
La respuesta adjunta un reporte creado el 14/01/2026 con 532 nodos totales y un HCO final count de 515.
Aclara
Especificaciones técnicas — ítems 3, 3.1 y 3.2Duración y comienzo de los servicios
La consulta pregunta si la renovación debe ser por uno, dos o tres años.
La respuesta establece un año y vincula el inicio a la formalización del registro del contrato ante la Contraloría, al pago del anticipo a MIPYMES si aplica y a la verificación de la fecha de inicio con la Dirección de Tecnología.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona