El acto, cuya sesión aparece fechada al 19 de enero de 2026, aprueba un procedimiento de comparación de precios, el pliego y la designación de peritos. Sin embargo, varias partes identifican la compra como un «Tubo de Tomógrafo», aunque el proceso corresponde a una torre de enfriamiento; además, el acta consigna un monto estimado superior a RD$6,906,658.00.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto administrativo de inicio resuelve aprobar el procedimiento 'mediante Comparación de precios' con fundamento en los umbrales de la resolución PNP-01-2023, y su parte resolutiva nombra incluso 'Tubo de Tomógrafo'; sin embargo, el propio acto se titula proceso de excepción por urgencia (ref. MAE-PEUR-2026-0001) y el pliego, el portal y la adjudicación se tramitaron por esa vía. La discrepancia de modalidad no tuvo efecto demostrado en el resultado: el contrato se adjudicó a ICHVAC, SRL por RD$6,906,658 mediante el procedimiento de urgencia.
“Tomando la palabra el Lic. Héctor Cruz, informó que el monto estimado para la contratación de este servicio para el hospital Dr. Ney Arias Lora, superaba los SEIS MILLONES NOVECIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS DOMINICANOS ”
ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…
Reglamento 416-23, artículo 37 — Procedimientos de selección ordinarios
Artículo 37. Procedimientos de selección ordinarios. Los procedimientos de selección ordinarios a los que se sujetarán las compras y contrataciones son licitación pública, que podrá ser nacional o internacional de conformidad con las disposiciones del artículo 16 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones; licitación restringida, sorteo de obras, comparación de precios, subasta inversa y compras menores, según corresponda a las condiciones establecidas en el artículo 17 de la misma ley.
Reglamento 416-23, artículo 53 — Procedimiento de excepción por urgencia
Artículo 53. Procedimiento de excepción por urgencia. Se consideran urgentes los procedimientos para adquirir bienes, servicios u obras para atender necesidades provocadas por acontecimientos fortuitos, inesperados, imprevisibles, inmediatos, concretos y probados, que impactan al interés público y se encuentran en el ámbito de acción de una institución pública. En estos casos, no resulta posible la aplicación de los procedimientos de selección ordinarios en tiempo oportuno. No serán considerados criterios válidos para declarar la urgencia de la compra o contratación las razones establecidas en la ley, que son las siguientes: 1. La dilación en el accionar de los funcionarios intervinientes.…
La agenda y la parte resolutiva del acto nombran la compra de un «Tubo de Tomógrafo» mediante Comparación de Precios, mientras el título, los considerandos y el VISTO se refieren a la torre de enfriamiento (Ref. HOSPNEYARIAS-MAE-PEUR-2026-0001) y al proceso de Excepción por Urgencia. La adjudicación y el contrato del proceso corresponden a la torre por RD$6,906,658.00, por lo que se trata de una inconsistencia documental sin efecto demostrado en el resultado del procedimiento.
“PRIMERA: APRUEBA el procedimiento de selección mediante Comparación de precios, para llevar a cabo la contratación para el "Tubo de Tomógrafo". SEGUNDO: APRUEBA el pliego de condiciones específicas para el procedimiento por comparación de p”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 15 · Reglamento 416-23, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 15
ART. 15. Las actuaciones que se listan a continuación deberán formalizarse mediante un acto administrativo: 1) La convocatoria y determinación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de los pliegos de condiciones; 3) La calicación de proponentes en los procesos en dos etapas en los aspectos de idoneidad, solvencia, capacidad y experiencia; 4) Los resultados de análisis y evaluación de propuestas económicas; 5) La adjudicación; 6) La resolución de dejar sin efecto o anular el proceso en alguna etapa del procedimiento o en su globalidad, así como de declarar desierto o fallido el proceso; 7) La aplicación de sanciones a los oferentes o contratistas; 8) Los resultados de los actos…
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
En la relación inicial de peritos figura Samuel Báez, coordinador de mantenimiento; la parte resolutiva designa en su lugar a Milagros Martínez, encargada de mantenimiento. Conviene verificar cuál fue la designación efectiva para identificar quién debía evaluar las ofertas.
“Sr. Samuel Báez, Coordinador de mantenimiento, la Licda. Rosanne Medina, subdirectora Financiera y el Lic. Héctor Cruz, Encargado Unidad Legal … TERCERO: DESIGNA como peritos evaluadores del presente procedimiento a: Licda. Milagros”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 119 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 119 — Evaluación de las ofertas técnicas
Artículo 119. Evaluación de las ofertas técnicas. Los peritos responsables de evaluar las ofertas técnicas, previamente designados por el Comité de Compras y Contrataciones o por la Dirección Administrativa y Financiera, procederán a verificar minuciosamente las credenciales y evaluar la oferta técnica de los oferentes. Párrafo I. Al evaluar las credenciales, los peritos deberán examinar detenidamente la documentación presentada y asegurarse de la veracidad de la información proporcionada por los oferentes, así como verificar que éstos cumplen con los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones. Párrafo II. Los peritos deben emitir un informe preliminar mediante un acto…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona