El documento, actualizado en diciembre de 2025, establece términos de referencia para contratar por dos años el mantenimiento preventivo de los aires acondicionados de la Superintendencia de Bancos y sus dependencias, dirigido a MIPYMES. Define requisitos técnicos, de experiencia, personal, seguridad, evaluación y presentación de ofertas sin ITBIS; también incluye mantenimiento correctivo de generadores y presenta algunas condiciones con cifras o garantías no coincidentes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El TDR exige cinco años de experiencia en mantenimiento VRF y tres trabajos recientes cuyo monto y cantidad de equipos sean iguales o superiores a los del proceso. Aunque el objeto comprende numerosos equipos y varias dependencias, la acumulación de estos umbrales de experiencia puede restringir la participación; conviene verificar su proporcionalidad frente al objeto y al presupuesto estimado.
“Los oferentes deben tener una experiencia de mínimo cinco (05) años en trabajos de mantenimiento de sistemas de climatización tipo VRF. Los oferentes deben presentar tres (3) trabajos en mantenimiento de sistemas VRF, en los últimos 5 años,”
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El documento requiere en una sección una garantía de un año para equipos y servicios, pero en la lista de documentos de oferta establece una garantía de un mes para los trabajos realizados. La diferencia deja incierto el compromiso exigible y puede afectar la preparación y comparación de las ofertas.
“Los oferentes deben presentar una garantía de un (1) año en equipos y servicios. … Garantía de servicios. Garantía de un (1) mes de los trabajos realizados, sustentado en carta firma y sellada, a partir de la recepción final de cada manteni”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$300,000
En un pliego cuyo objeto es el mantenimiento de aires acondicionados se incluye una partida a requerimiento para mantenimiento correctivo de generadores, sin que el extracto delimite su alcance; además, el monto numérico de RD$300,000 no coincide con el monto escrito de doscientos mil pesos. La combinación puede afectar la comparabilidad y la determinación del precio de la oferta.
“Para cubrir casos de mantenimiento correctivo de los generadores en la SB y sus dependencias, cada oferente debe incluir en su propuesta una partida por un monto de DOP 300,000.00 (doscientos mil pesos), deberá indicarse en el listado de pa”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Oferentes que registra (5)
4 no habilitado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Ing. Julio Hiraldo U. & Asociados, SRLSegún el informe técnico y el acta de habilitación, no subsanó la certificación bancaria con disponibilidad de línea de crédito ni otros requisitos, incluidas cartas de referencia.
Soluciones Integrales CAF, SRLDeclinó su participación durante la etapa de subsanación y no presentó la documentación requerida.
No habilitado
Lote único
RD$5,983,538
Arrentech, SRLNo subsanó, entre otros requisitos, la certificación MIPYMES, la experiencia exigida y la documentación del personal.
No habilitado
Lote único
RD$6,000,000
Lermont Engineering Group, SRLFue el único oferente habilitado para la apertura del Sobre B; el acta de adjudicación indica que cumplió con los requisitos y adjudica la totalidad del lote único.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona