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Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
RECHAZAR en cuanto al fondo, las conclusiones vertidas en el recurso jerárquico presentado por el Consorcio MAC, contra la Resolución Núm. 26-2018 de fecha 10 de octubre de 2018, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), en el marco de la Licitación Pública Nacional Núm. OISOE-LPN-001-2018, tendentes a anular la adjudicación del Lote A y…
Proceso: OISOE-LPN-001-2018
Empresas: Consorcio MAC (presentó la acción)Armadura Sofía, SRLCocivilca, SRLConsorcio 2TRKConsorcio B&M Ingenieros Arquitectos - Chahin & DuvalConsorcio Marvar Promedca Yaryura Saledy 9 más
PRIMERO: ACOGER la solicitud de exclusión planteada por el Consorcio B&M Ingenieros Arquitectos-Chahin & Duval, la cual se hace extensiva a los demás adjudicatarios de la Licitación Pública Nacional Núm. OISOE-LPN-001-2018, con excepción del adjudicatario del lote impugnado - Consorcio 2TRK, adjudicatario del Lote A -, a saber: i) IQTEK Solutions, S.R.L., ii) Ing. Julio Hiraldo & Asociados, S.R.L. y; iii) Armadura Sofía, S.R.L.; sin necesidad de hacerlo constar en el dispositivo de este acto. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por el Consorcio MAC, contra la Resolución Núm. 26-2018 de fecha 10 de octubre de 2018, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), en el marco de la Licitación Pública Nacional Núm. OISOE-LPN-001-2018, llevada a cabo por dicha institución, para la ‘‘Construcción Hospital Regional San Vicente de Paul, San Francisco de Macorís, Prov. Duarte”, por haber sido incoado con las formalidades y en el plazo dispuesto en el artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. TERCERO: RECHAZAR en cuanto al fondo, las conclusiones vertidas en el recurso jerárquico presentado por el Consorcio MAC, contra la Resolución Núm. 26-2018 de fecha 10 de octubre de 2018, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), en el marco de la Licitación Pública Nacional Núm. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONFS PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do OISOE-LPN-001-2018, tendentes a anular la adjudicación del Lote A y ordenar la re-evaluación, por los motivos señalados en los párrafo 108-109 de esta resolución, en atención a la imposibilidad material de la anulabilidad, por el tiempo transcurrido y el objeto de contratación. CUARTO: DECLARAR con relación al Lote A, que en la Licitación Pública Nacional Núm. OISOE-LPN-001-2018, llevada a cabo por dicha institución, para la ‘‘Construcción Hospital Regional San Vicente de Paul, San Francisco de Macorís, Prov. Duarte”, se constataron las irregularidades descritas en esta resolución y sintetizadas en el párrafo 105. QUINTO: RECOMENDAR al Director de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), que instruya a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos de la institución y al Comité de Compras y Contrataciones, que participen en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP), impartidos por esta Dirección General, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones; así como también ordene que participen en talleres sobre la Ley Orgánica de Administración Pública Núm. 247-12 y la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. SEXTO: RECOMENDAR a la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), que conforme al debido proceso dispuesto en la Ley Núm. 107-13 y la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, investigue a los funcionarios - que hayan participado y permanezca en la actual gestión - responsables de no ceñir su actuación a las normas del debido proceso administrativo, y en consecuencia, determine las sanciones que pudieran corresponder, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el párrafo I del artículo 65: “1) Amonestación escrita; 2) Suspensión sin goce de salario hasta por 6 meses; 3) Despido sin responsabilidad patronal; 4) Sometimiento a la justicia”. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONFS PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a: i) el Consorcio MAC; ii) la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE); iii) el Consorcio T2RK; iv) el Consorcio Marvar Promedca Yaryura Saled; v) la razón social Armadura Sofía, S.R.L.; vi) la razón social Ing. Julio Hiraldo & Asociados, S.R.L.; vii) la razón social IQTEK Solutions, S.R.L. y; viii) el Consorcio B&M Ingenieros Arquitectos – Chahin Duval, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR la remisión formal a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. NOVENO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector.
Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona