El acta núm. LPN-2025-0022, de fecha 2026-01-13, aprueba por unanimidad el informe pericial y adjudica parcialmente los 39 ítems de la licitación a tres proveedores. Los montos adjudicados consignados son RD$3,345,795.60 a Suministros y Servicios JS Sumiser, SRL; RD$2,258,402.00 a Comercial Diverso LM&M, SRL; y RD$1,724,759.78 a MUT Service, SRL, para un total de RD$7,328,957.38.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta aprueba adjudicar de forma parcial y reparte los ítems entre tres empresas. El pliego reseñado para este proceso establece lote único y exige ofertar la totalidad solicitada; conviene verificar cómo se compatibilizó la adjudicación por ítem con esas reglas, pues puede afectar la comparación de ofertas y la asignación del contrato. La distribución parece seguir los precios más bajos por ítem, pero eso no resuelve por sí solo la discrepancia con el lote único.
“recomendaron que dicho proceso sea adjudicado de forma parcial a las empresas: 1) COMERCIAL DIVERSO LM&M SRL, RNC; 2) SUMINISTROS Y SERVICIOS JS, SUMISER, SRL, RNC; 3) MUT SERVICE, SRL, RNC.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
MUT Service, SRLAdjudicatario de los ítems indicados en el acta; el monto adjudicado consignado es RD$1,724,759.78.
Adjudicado
Ítems 3, 4, 8, 14, 17, 21, 27, 28 y 35
RD$1,724,760
FIRSTBIZCO, SRLEl acta lo identifica como participante en la apertura de ofertas técnicas, pero no consigna su resultado de habilitación ni adjudicación.
Mencionado
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SUPLIDORES DIVERSOS SUDISA, SRLEl acta lo identifica como participante en la apertura de ofertas técnicas, pero no consigna su resultado de habilitación ni adjudicación.
Mencionado
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RD$8,256,501
101 FACTORY, SRLEl acta lo identifica como participante en la apertura de ofertas técnicas, pero no consigna su resultado de habilitación ni adjudicación.
Mencionado
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LOLA 5 MULTISERVICES, SRLEl acta lo identifica como participante en la apertura de ofertas técnicas, pero no consigna su resultado de habilitación ni adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona