miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES ESPECIFICAS PARA LA CONTRATACION 20260114_10151046.pdf

COMPARACION DE PRECIOS PARA LA CONSTRUCCION DE OBRAS EN EL MUNICIPIO DE SAN VICTOR · Ayuntamiento de San Victor

Publicado el 14 ene de 202646 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ASV-CCC-CP-2026-0001

Lo que dice

El pliego establece una comparación de precios por tres lotes para obras en San Víctor, con presupuesto total estimado de RD$20,537,370.11 y convocatoria prevista para el 15 de enero de 2026; fija la recepción de ofertas para el 29 de enero de 2026. Incluye requisitos de ubicación, experiencia y equipos, y criterios de evaluación cumple/no cumple. El documento presenta condiciones de participación y plazos de ejecución que merecen revisión por su posible efecto sobre la competencia y la claridad de las ofertas.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

Requisito de establecimiento comercial en la provincia y el municipio

Documento del 14 ene 2026 · hace 8 meses

El pliego exige establecimiento comercial en Espaillat para los lotes 1 y 2, y en el municipio de San Víctor para el lote 1, verificado por la DGII. La condición de ubicación puede excluir oferentes capaces de ejecutar las obras que no tengan establecimiento previo en esas zonas, sin que el texto aporte una justificación técnica.

“Los oferentes deberán contar con un establecimiento comercial ubicado en la provincia de Espaillat, el cual será verificado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), para los Lotes 1 y 2. Para el Lote 1, los oferentes deberán t”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Plazos de ejecución contradictorios para el lote 1

Documento del 14 ene 2026 · hace 8 meses

El pliego fija para el lote 1 un máximo de seis semanas y, en el mismo apartado, señala noventa días para los lotes 1 y 3; además, en la ficha del lote 1 indica tres meses. La diferencia entre seis semanas y noventa días puede alterar la preparación de cronogramas, costos y comparación de las ofertas.

“Los Oferentes/Proponentes deberán considerar un tiempo máximo de Ejecución de la Obra para lote 1 no mayor de seis semanas (06) días calendarios contados a partir de la fecha de adjudicación del proceso especificada en el cronograma de esta”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Prohibición amplia a empresas con accionistas coincidentes

Documento del 14 ene 2026 · hace 8 meses

El pliego impide participar simultáneamente a empresas que compartan algún socio, sin limitar la prohibición a consorcios ni establecer un umbral de participación o una constatación de control común. Es una restricción que puede excluir empresas distintas y reducir la concurrencia, más allá de la regla expresa para miembros de consorcios.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identificación de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Diez años de experiencia mínima para los lotes 1 y 2

Documento del 14 ene 2026 · hace 8 meses

Se exige al contratista un mínimo de diez años de experiencia en construcción para los lotes 1 y 2 y obras similares por un monto igual o superior al 50% del monto base. Para el lote 2, cuyo estimado en este pliego es RD$2,754,753.35, la antigüedad exigida puede limitar la participación de empresas con capacidad para ejecutar la obra pero menos años de operación.

“Experiencia como contratista (SNCC.D.049) 10 AÑOS MINIMO DE EXPERIENCIA PARA LOTE 1 y lote 2 , HABER EJECUTADO OBRAS SIMILARES Y CON UN MONTO IGUAL O SUPERIOR AL 50% DEL MONTO BASE.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

A revisarHallazgo en documentos

Modelos concretos de equipos mínimos sin alternativa indicada

Documento del 14 ene 2026 · hace 8 meses

Para los lotes 1 y 2 se señalan equipos mediante referencias numéricas y modelos concretos, sin expresar en esos requisitos que se acepten equivalentes; en contraste, para el lote 3 sí se indica «o similar». Esa diferencia puede restringir la oferta de equipos que tengan capacidad equivalente, pero otra identificación comercial.

“Equipos mínimos: 1 Retroexcavadora 320 1 Gredar 12 G 1 Rodillo Compactador De 100 Toneladas 5 Camiones De 10 M³ 2 Camiones De 15 M³ 1 Retro Pala 426e”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

A revisarHallazgo en documentos

Criterio de sostenibilidad sin parámetros verificables definidos

Documento del 14 ene 2026 · hace 8 meses

El pliego incluye como criterio de evaluación que el ingeniero o arquitecto implemente prácticas de sostenibilidad, pero no precisa qué evidencia acredita el cumplimiento ni un parámetro para decidir cumple/no cumple. La indeterminación puede dificultar una evaluación uniforme y verificable.

“Demostración de que el Ingeniero Civil y Arquitecto implementa prácticas` de sostenibilidad, económica, social o medioambiental”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

Texto oficial completo

Otros documentos del proceso (33)

  • SNCC_F033_Of_Economica (5).docxDocumento · 13 ene de 2026
  • compromiso-etico-de-proveedores (1).docxDocumento · 13 ene de 2026
  • contrato-de-obra.docxContrato · 13 ene de 2026
  • SNCC_D045_Curriculo_Personal.docxDocumento · 13 ene de 2026
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal (1).docxDocumento · 13 ene de 2026
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 13 ene de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (1).docxDocumento · 13 ene de 2026
  • SNCC_F036_Equipos_Oferente.docxDocumento · 13 ene de 2026
  • SNCC_F037_Personal_Oferente.docxDocumento · 13 ene de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 13 ene de 2026
  • PLANOS DETALLE DE CONTENES.pdfDocumento · 13 ene de 2026
  • PLANOS DETALLE ACERAS.pdf

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Documento · 13 ene de 2026
  • ficha tecnica techado cancha san victor (2) lote 1.pdfPliego · 13 ene de 2026
  • FICHA TECNICA PLAY VILLA CAFETALERA lote 2 (1).pdfPliego · 13 ene de 2026 · 1 señal
  • FICHA TECNICA ACERAS Y CONTENES.pdfPliego · 13 ene de 2026 · 1 señal
  • plano CANCHA SAN VICTOR lote 1.pdfDocumento · 13 ene de 2026
  • listado de partida aceras y contenes lote 3.xlsDocumento · 13 ene de 2026
  • partidas lote 1.pdfDocumento · 13 ene de 2026
  • ACTA DE INICIO20260114_09105184.pdfInforme pericial · 14 ene de 2026 · 1 señal
  • CERTIFICACION DE EXISTENCIA DE FONDOS 20260114_08574632.pdfCertificación de fondos · 14 ene de 2026 · 1 señal
  • CONVOCATORIA COMPARACION DE PRECIOS ALCADE SAN VICTOR.pdfDocumento · 14 ene de 2026
  • acta designacion de peritos.pdfInforme pericial · 14 ene de 2026
  • DICTAMEN JURIDICO OBRAS SAN VICTOR20260114_09154651.pdfDictamen · 14 ene de 2026
  • SOLICITUD DE COMPRAS OBRAS SAN VICTOR 20260114_08561557.pdfSolicitud de compra · 14 ene de 2026 · 1 señal
  • Listado de partida lote II.pdfDocumento · 14 ene de 2026
  • listado de partida aceras y contenes lote 3 (1).xlsDocumento · 19 ene de 2026
  • contrato-de-obra f(1).docxACTUALIZADO.docxContrato · 23 ene de 2026
  • Enmienda Obras San Victor 202620260127_12081084.pdfEnmienda · 27 ene de 2026 · 2 señales
  • adjudicacion Comite compras y contrataciones.pdfActa de adjudicación · 26 feb de 2026 · 1 señal
  • anexos impugnacion san victor.docxReconsideración · 4 mar de 2026
  • DOC-20260227-WA0025..pdfReconsideración · 4 mar de 2026 · 2 señales
  • WhatsApp Image 2026-03-04 at 10.21.19 AM.jpegReconsideración · 4 mar de 2026
  • Informe final del portalDocumento · —