El Acta AA-2025-977, de fecha 2025-12-31, aprueba enmiendas para varios procesos de la CAASD, incluido CAASD-CCC-CP-2025-0020: reduce los porcentajes exigidos de líneas financiera y comercial y elimina de la declaración jurada simple la afirmación de que el oferente no tiene litigios contra el Estado. El cronograma que modifica corresponde únicamente a la licitación LPN-2025-0015, no al proceso CP-2025-0020. La redacción de los porcentajes específicos para comparación de precios contiene una referencia duplicada al proceso CP-2025-0023 y una discrepancia entre el porcentaje escrito en palabras y el indicado en cifras para la línea comercial.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce los umbrales de crédito financiero y comercial utilizados para verificar solvencia financiera; la redacción específica aplicable al proceso es ambigua..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Aunque la resolución incluye CP-2025-0020, la cláusula que establece los porcentajes para comparación de precios repite CP-2025-0023 y expresa la línea comercial como «quince (10%)». Esto deja inciertos tanto el alcance específico de la cláusula como el porcentaje aplicable a ese requisito financiero.
“En el procedimiento de Comparación de Precios de referencia: CAASD-CCC-CP-2025-0023 y CAASD-CCC-CP-2025-0023. Línea financiera por el quince (15%) del valor estimado de la contratación (en caso de las personas físicas y MYPIMES esta línea d”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
Documentación financieraPorcentajes de líneas de crédito financiera y comercial
Para los procesos incluidos, línea financiera y línea comercial de 25% del valor estimado; para personas físicas y MIPYMES, 15%.
Para comparación de precios se indica línea financiera de 15% (5% para personas físicas y MIPYMES) y línea comercial descrita como «quince (10%)» (5% para personas físicas y MIPYMES). La cláusula nombra dos veces CP-2025-0023, aunque la resolución incluye CP-2025-0020.
RelajaQuita un control: Reduce los umbrales de crédito financiero y comercial utilizados para verificar solvencia financiera; la redacción específica aplicable al proceso es ambigua.
Documentación legal, declaración jurada simpleDeclaración sobre litigios contra el Estado
Se exigía declarar que el oferente no posee procesos de litigio contra el Estado Dominicano.
Se elimina ese literal; los demás requisitos de la declaración jurada permanecen sin cambios.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…