El pliego convoca una Licitación Pública Nacional para adquirir materiales destinados al cambio de imagen institucional, con un monto estimado de RD$20,111,500.00 y adjudicación al menor precio por ítem entre las ofertas que cumplan los requisitos. Fija la recepción y apertura de ofertas técnicas para el 19 de febrero de 2026 y establece condiciones de entrega, pago y evaluación para 35 ítems.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego prevé un anticipo del 20 % si se adjudica a una MIPYME, pero también establece un pago único posterior a la recepción y una tabla de pago del 100 % tras la entrega de todos los bienes. La contradicción dificulta conocer las condiciones económicas aplicables; el reglamento dispone el anticipo del 20 % para adjudicaciones a MIPYMES.
“La entidad contratante realizara 1 pago a partir de los bienes recibidos. ... Si el adjudicatario resulte ser una MiPymes, luego de firma y certificación del contrato se realizará un primer pago por concepto de anticipo de un veinte por cie”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 168 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance
Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Aunque se detallan cantidades por ítem, el cronograma deja la fecha y la cantidad requerida «según necesidad» y no precisa frecuencia o fechas de suministro. Esto puede dificultar la comparación de ofertas y el control de entregas durante la ejecución.
“Fecha necesidad 1 Adquisición de materiales para ser utilizados en el cambio de imagen institucional (interior y exterior) Almacén Quita Sueño, Haina, San Cristóbal. Según necesidad del área requirente Según necesidad del área requirente”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 166 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 166 — Contrato u orden de compra a requerimiento
Artículo 166. Contrato u orden de compra a requerimiento. Se podrá establecer en el pliego de condiciones del procedimiento de contratación la entrega a requerimiento, cuando se trate de la contratación de bienes o servicios de uso frecuente, y sea posible realizar una estimación de consumo durante un período determinado. En estos casos, la institución contratante podrá requerir la entrega de los bienes y servicios adjudicados durante el lapso de duración previsto y al precio unitario contratado, de acuerdo con sus necesidades y con una frecuencia preestablecida y acordada en el contrato. Párrafo I. En el pliego de condiciones se advertirá que la institución contratante no asume el…
La ficha identifica el ítem como cinta de enmascarar, pero consigna la cantidad en galones. Esa unidad no permite identificar claramente cómo deben cotizarse ni verificarse las 340 unidades del bien.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
El pliego exige presentar certificados del RPE, la DGII y la TSS. El reglamento indica que no deben requerirse documentos que puedan verificarse en línea; conviene comprobar si estos certificados podían consultarse por esa vía al convocarse el proceso.
“3. Certificación del Registro de Proveedores del Estado (RPE) Actualizada según la Resolución … 2015 de la Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas. 4. Certificación de la DGII que indique que está al día en el pago de sus”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 113 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 113 — Verificación en línea
Artículo 113. Verificación en línea. Las instituciones contratantes no deberán requerir que los oferentes presenten documentos que puedan ser verificados en línea, en atención a la Ley núm. 107-13, sobre Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, y conforme al derecho a la buena administración y al criterio de descarga burocrática y simplificación administrativa. Párrafo. En caso de que el sistema de verificación en línea no se encuentre disponible por fallos técnicos, la institución contratante podrá solicitar al oferente aportar los documentos o en su defecto, podrá optar por esperar a que se restablezca el servicio de verificación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona