El informe pericial, fechado el 30 de diciembre de 2025, justifica y solicita iniciar una contratación directa de publicidad institucional por RD$39,247,508, impuestos incluidos, con servicios previstos por uno a seis meses. Su cuadro distribuye el monto entre televisión (RD$18,143,208), radio (RD$12,390,000), medios digitales (RD$3,404,300) y vallas (RD$5,310,000).
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El monto de RD$5,310,000 corresponde a tres meses según el ítem del portal, equivalente a RD$1,770,000 mensuales; las referencias aportadas para vallas presentan una mediana estimada de RD$158,397.17 por mes. Son estimaciones de otros procesos y la comparabilidad de las ubicaciones y características no está establecida, por lo que conviene verificar el estudio de mercado que sustenta el importe.
“CATEGORIA | MONTO … VALLAS | 5,310,00.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
El informe sostiene que la excepción de publicidad se limita a difundir el mensaje oficial y excluye creación, estrategia e intermediarios, pero justifica la contratación por servicios profesionales, confianza y manejo de información clasificada o sensible. Esa motivación no permite determinar si el objeto queda limitado a la colocación directa de publicidad o incluye prestaciones de otra naturaleza.
“Se trata pues de una contratación para transmitir la publicidad oficial, no para crearla, desarrollarla o evaluarla, por tanto, a través de esta excepción no se podrá contratar plan de comunicación ni servicios de estrategia comunicacional ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 60 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 60 — Procedimiento de excepción para la contratación de publicidad a través de los medios de comunicación social
Artículo 60. Procedimiento de excepción para la contratación de publicidad a través de los medios de comunicación social. Se utilizará este procedimiento de excepción cuando sea necesario contratar, directamente y sin intermediarios un medio de comunicación social para colocar publicidad que tenga sentido misional u oficial, y que vaya dirigida a informar sobre derechos de las personas, un servicio público o brindar transparencia y difusión a planes y proyectos institucionales. Para este procedimiento la información documental, auditiva o visual debe estar creada y lista para su transmisión o publicación mediante el medio de comunicación. Párrafo. Este procedimiento será por selección…
El informe asigna RD$5,310,000 a vallas. El portal vincula ese ítem con Global Solution Enterprise, GSE, RD, SRL, por RD$7,434,000; los datos de RPE y DGII facilitados, consultados en 2026, reflejan actualmente rubros de obras y actividad de construcción. Ese dato posterior no acredita cuál era su situación al contratar, pero amerita verificar si la empresa era el medio contratado directamente o un intermediario, y quién prestaría el servicio.
“VALLAS | 5,310,00.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 60 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 60 — Procedimiento de excepción para la contratación de publicidad a través de los medios de comunicación social
Artículo 60. Procedimiento de excepción para la contratación de publicidad a través de los medios de comunicación social. Se utilizará este procedimiento de excepción cuando sea necesario contratar, directamente y sin intermediarios un medio de comunicación social para colocar publicidad que tenga sentido misional u oficial, y que vaya dirigida a informar sobre derechos de las personas, un servicio público o brindar transparencia y difusión a planes y proyectos institucionales. Para este procedimiento la información documental, auditiva o visual debe estar creada y lista para su transmisión o publicación mediante el medio de comunicación. Párrafo. Este procedimiento será por selección…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona