Apropiación certificada muy inferior al valor del proceso
· hace 9 meses
El certificado registra RD$500,000.00 como monto del proceso y de la partida presupuestaria, mientras que su descripción consigna RD$25,000,600.00 y el proceso figura adjudicado por RD$17,204,636.00. La diferencia amerita verificar si existió una certificación complementaria o corregida antes de iniciar o adjudicar el proceso; este documento por sí solo no permite descartar que exista otro respaldo presupuestario.
“DESCRIPCION | Adquisición Neumáticos para ser destinado al parque vehicular de esta Unidad Ejecutora ECO5RD. Por un valor de $25,000,600.00 MONTO DEL PROCESO | 500,000.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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