miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

TDR.pdf

CONTRATACIÓN SERVICIO DE CATERING PARA EDENORTE, PRIMERA CONVOCATORIA · Empresa de Distribución Eléctrica del Norte

Publicado el 30 dic de 202511 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EDENORTE-CCC-LPN-2025-0027

Lo que dice

El documento establece los términos de referencia para contratar servicios de catering en seis lotes y distintas localidades de EDENORTE durante 2026-2027, con requisitos de cocina, transporte, higiene y experiencia. El proceso convocado el 30 de diciembre de 2025 tiene un presupuesto referencial de RD$16,869,165.17, según la ficha del portal.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Plazo de solo dos días calendario para subsanar

Documento del 30 dic 2025 · hace 9 meses

El plazo fijado para aportar documentos subsanables es de dos días calendario. Por su brevedad, merece revisión respecto de la naturaleza de los documentos y el tiempo necesario para obtenerlos, pues el reglamento dispone que el plazo de subsanación sea razonable en relación con el procedimiento.

“Nota: Los requerimientos subsanables tendrán un plazo de dos (2) días calendarios luego de ser requerido por la entidad contratante. El hecho de no depositarlo en el tiempo requerido, la oferta será DESCALIFICADA.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 122 · Reglamento 416-23, art. 250 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 122 — Procedimiento para la subsanación

Artículo 122. Procedimiento para la subsanación. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones deberá notificar, de manera diligente y en igualdad de condiciones, a los oferentes para que subsanen en el plazo establecido en el cronograma de actividades del procedimiento, los errores u omisiones identificados en el informe de evaluación, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y vía correo electrónico que se encuentre registrado en el Registro Proveedor del Estado o en la propuesta técnica presentada. Párrafo I. El pliego de condiciones deberá fijar expresamente el plazo para subsanar, que deberá ser razonable en relación con los tiempos de convocatoria…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 250 — Régimen de los plazos

Artículo 250. Régimen de los plazos. Los plazos establecidos en este reglamento se contarán siempre a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación o notificación, según corresponda. Siempre que en la ley o en este reglamento no se exprese de otro modo, los plazos señalados en días se entenderán como días hábiles y, para su cómputo, se excluirán los sábados, domingos y feriados. Cuando se indique que se trata de días calendario, los sábados, domingos y feriados se incluirán en el cómputo del plazo. En todos los casos, cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil subsiguiente.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Requisitos acumulados de vehículos e infraestructura

Documento del 30 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego exige vehículos exclusivos, limita su antigüedad a seis años y requiere acreditar propiedad o presentar documentación de alquiler con formalidades específicas; además, exige cocinas industriales disponibles al presentar la oferta. Aunque son controles relacionados con la logística y capacidad del servicio, su acumulación y costo podrían restringir la participación, especialmente de oferentes por lotes.

“El Suplidor debe de tener disponibles vehículos exclusivos para la transportación de los alimentos debidamente identificados con la empresa o la empresa que haya subcontratado, dichos vehículos serán validados en la visita técnica”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Formalidad no subsanable de firmar y sellar cada página

Documento del 30 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego califica como no subsanable la firma y el sello en cada página de los términos de referencia. Se trata de una formalidad cuya omisión podría excluir una oferta aunque no necesariamente afecte la capacidad material del oferente o la calidad del servicio.

“Términos de Referencias suministrado por Edenorte Dominicana (como indicador de aceptación de los datos descritos y requeridos en los mismos, debidamente firmados y sellados en cada una de sus páginas.) (NO SUBSANABLE).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

Texto oficial completo

ContextoHallazgo en documentos

Productos de marca citados sin alternativa equivalente

Documento del 30 dic 2025 · hace 9 meses

Entre las opciones del menú aparecen productos identificados por marca, sin que en el texto citado se indique que se acepte un equivalente. Como las opciones se describen como referenciales, conviene verificar si esos nombres limitan efectivamente las alternativas admisibles o solo ilustran el producto esperado.

“Botella de Gatorade 350 ml (24 uds/1 … Six pack Malta Morena Botella plástica 8 ozs (6 uds/1”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Otros documentos del proceso (25)

  • FORMULARIO VISITA.docxDocumento · 30 dic de 2025
  • FORMATOS.rarDocumento · 30 dic de 2025
  • FORMULARIOS.rarDocumento · 30 dic de 2025
  • CERTIFICACION DE FONDOS.pdfCertificación de fondos · 30 dic de 2025 · 1 señal
  • SOLICITUD DE COMPRAS.pdfSolicitud de compra · 30 dic de 2025
  • ACTA DE APROBACION DE PLIEGO.pdfInforme pericial · 30 dic de 2025
  • CONVOCATORIA.pdfDocumento · 30 dic de 2025
  • DICTAMEN.pdfDictamen · 30 dic de 2025
  • PLIEGO DE CONDICIONES.pdfPliego · 30 dic de 2025 · 6 señales
  • Formato de Contrato.docxContrato · 30 dic de 2025
  • COMPROMISO ETICO.pdfDocumento · 30 dic de 2025
  • MARTE 30 LPN-0027.pdfDocumento · 2 ene de 2026

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación

Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
martes 30 de diciembre de 2025 CATERING.pdfDocumento · 2 ene de 2026
  • miércoles 31 de diciembre de 2025 CATERING.pdfDocumento · 2 ene de 2026
  • MIERCOLES 31 LPN-0027.pdfDocumento · 2 ene de 2026
  • ACTO DE REAPERTURA.pdfDocumento · 20 mar de 2026
  • ACTO DE REAPERTURA II.pdfDocumento · 31 mar de 2026
  • ACTO DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 27 abr de 2026 · 3 señales
  • RESPUESTA A LA IMPUGNACIÓN.pdfReconsideración · 30 abr de 2026 · 1 señal
  • ACTA DE APERTURA.pdfActa · —
  • CERTIFICACIÓN Y CUOTA ACT 2026.pdfCertificación de fondos · —
  • INFORME ECONÓMICO.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • INFORME TÉCNICO CREDENCIAL.pdfDocumento · —
  • SERV DE CATERING.pdfDocumento · —