Se respondió una consulta recibida después del plazo fijado
· hace 9 meses
La circular registra que la consulta llegó el 7 de diciembre, aunque el plazo para recibir inquietudes había vencido el 25 de noviembre, y aun así fue respondida. La respuesta trató sobre la existencia de circulares anteriores, sin que el documento muestre un cambio sustantivo de las reglas; conviene verificar que la respuesta se difundió en igualdad de condiciones, como indica la circular.
“Al 25/nov/2025, fecha límite para recibir inquietudes, la entidad contratante no había recibido preguntas de interesados. ... Pese a que, el plazo para elevar consultar y recibir respuestas ha finalizado, atendiendo al principio de razonabi”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 105 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 105 — Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta
Artículo 105. Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta. Los interesados podrán solicitar a la institución contratante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, de las especificaciones, fichas técnicas y los términos de referencia, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50 %) del plazo para presentación de ofertas. La institución deberá dar respuesta a tales solicitudes a más tardar en la fecha que represente el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de propuestas.
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