El Acto Administrativo núm. 110, de fecha 2025-12-26, aprueba el procedimiento de comparación de precios ASDN-CCC-CP-2025-0034 para adquirir materiales y herramientas y registra una apropiación presupuestaria de RD$5,568,005.82. Designa como peritos a Ramona Eulogia Paulino, Gianir Encarnación y Octavio Ogando Pérez, y ordena continuar y publicar el procedimiento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta atribuye la ponderación de las designaciones al Comité de Compras y Contrataciones del Fideicomiso RD VIAL, aunque el procedimiento corresponde al ASDN. Puede tratarse de texto reutilizado, pero conviene verificar quién evaluó y aprobó realmente a los peritos.
“Que fue ponderado por el Comité de Compras y Contrataciones del Fideicomiso RD VIAL, la designación como peritos actuantes en el presente procedimiento de Comparación de Precios”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Los peritos nombrados son una analista financiera, una secretaria administrativa y un encargado del Departamento de Cobro para evaluar materiales y herramientas. El acta afirma que se eligieron por su especialidad y conocimientos, pero sus cargos consignados no evidencian por sí mismos especialización técnica en esos bienes; corresponde verificar sus competencias y experiencia pertinentes.
“Ramona Eulogia Paulino, Analista Financiera; Gianir Encarnación, Secretaria de la Dirección Administrativa y Octavio Ogando Pérez Encargado del Departamento de Cobro.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
El acta identifica como provisional a la responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información, integrante del comité. Conviene verificar la base y duración de esa participación frente a la composición permanente prevista para el comité; el reglamento contempla delegación temporal en circunstancias específicas.
“Evelyn Yokasta Peña Responsable Oficina de Libre Acceso a la Información (OAI) Miembro provisional”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona