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Pliego

5. Pliego Condiciones Específicas LPN-2025-0008 Publicación.pdf

ADQUISICIÓN DE CONDUCTORES Y CABLES PARA EDESUR DOMINICANA S.A., SEGUNDA CONVOCATORIA · Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur

Publicado el 23 dic de 202550 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EDESUR-CCC-LPN-2025-0008

Lo que dice

El pliego establece las condiciones de la segunda convocatoria de la Licitación Pública Nacional EDESUR-CCC-LPN-2025-0008 para adquirir diez ítems de conductores y cables, con valor referencial de RD$62,424,682.33, ITBIS incluido. Fija la recepción de ofertas hasta el 17 de febrero de 2026, adjudicación por menor precio entre ofertas habilitadas y la posibilidad de adjudicar total o parcialmente por ítem.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

Restricción amplia a la participación simultánea

Documento del 23 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego impide participar en distintas calidades y también excluye a personas físicas que coincidan en socios o domicilio social. La regla puede apartar a oferentes jurídicamente distintos sin que el texto condicione la exclusión a una vinculación comprobada que afecte la competencia.

“No se permitirá la múltiple participación, por lo que, una persona física no podrá participar en dicha calidad, si también fuese socio de una persona jurídica y viceversa. En ese sentido, para el procedimiento convocado, quienes posean esta”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Referencias de experiencia limitadas a EDESUR

Documento del 23 dic 2025 · hace 9 meses

Aunque se admite experiencia en el ámbito público o privado, el pliego exige al menos dos certificaciones de satisfacción dirigidas a EDESUR. Este requisito restringe la acreditación de experiencia equivalente obtenida de otros clientes y puede limitar la concurrencia de proveedores sin antecedentes con esta entidad.

“Respecto de los contratos u órdenes de compra presentadas por el Oferente, este deberá presentar al menos dos (2) Certificaciones de Satisfacción del suministro realizado; certificaciones que deben cumplir con los siguientes criterios: - Di”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Rubro de materiales didácticos exigido para comprar cables

Documento del 23 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego exige que los oferentes tengan en el RPE, además de rubros eléctricos y de cables, el rubro de materiales didácticos profesionales y de desarrollo. Su relación con el objeto no está explicada y exigirlo puede excluir proveedores de conductores y cables que no tengan esa actividad comercial ajena al suministro.

“Esta contratación ha sido clasificada bajo el rubro/actividad comercial -alambres, cables y arneses, -Materiales didácticos profesionales y de desarrollo y accesorios y suministros, -Equipos, suministros y componentes eléctricos. Por lo que”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

A revisarHallazgo en documentos

Prueba de pago eléctrico como condición financiera del oferente

Documento del 23 dic 2025 · hace 9 meses

Se requiere acreditar el pago de la última factura eléctrica o justificar que el oferente no es titular del servicio. El pliego no explica cómo esa condición acredita capacidad financiera para suministrar los bienes, por lo que puede imponer una barrera documental no vinculada claramente con el objeto.

“Si el suministro del servicio de energía eléctrica, fuere realizado por EDESUR, presentar comunicación indicando el número de NIC del Oferente. En su defecto, presentar copia del comprobante de pago de la última factura de la Empresa Distri”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Cláusula que puede interpretarse como renuncia a impugnar el pliego

Documento del 23 dic 2025 · hace 9 meses

El texto anticipa que se desestimará sin consideración cualquier reclamación o impugnación posterior a la oferta relacionada con el pliego. La formulación puede entenderse como una limitación general del derecho a recurrir, aunque el marco legal contempla recursos administrativos y sus plazos.

“El hecho de presentar sus Ofertas para participar en el presente proceso es una manifestación clara y fehaciente de que, los Oferentes han aceptado los términos y condiciones particulares de este, por lo que, cualquier reclamación o impugna”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 67 · Reglamento 416-23, art. 215 · Reglamento 416-23, art. 220 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 67

ART. 67. Toda reclamación o impugnación que realice el proveedor a la entidad contratante deberá formalizarse por escrito. La reclamación o impugnación seguirá los siguientes pasos: 1) El recurrente presentará la impugnación ante la entidad contratante en un plazo no mayor de diez días (10) a partir de la fecha del hecho impugnado o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. La entidad pondrá a disposición del recurrente los documentos relevantes correspondientes a la actuación en cuestión, con la excepción de aquellas informaciones declaradas como confidenciales por otros oferentes o adjudicatarios, salvo que medie su consentimiento. 2) En los casos de…

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Reglamento 416-23, artículo 215 — Recursos de impugnación

Artículo 215. Recursos de impugnación. Los recursos de impugnación procederán contra todos los actos administrativos que afecten derechos, causen un perjuicio directo a los interesados o pongan fin al procedimiento de contratación pública o una etapa de este. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su impugnación ante la misma institución contratante que dictó el acto impugnado, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto que contenga el texto íntegro de la respuesta y la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. Párrafo II. Puede impugnar cualquier…

ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Costos de viaje e inspección de fábrica a cargo del adjudicatario

Documento del 23 dic 2025 · hace 9 meses

Para los ítems sujetos a visita de fábrica, el oferente debe incluir en su precio el transporte y hospedaje de dos colaboradores de EDESUR y coordinar la visita. El costo depende de la ubicación de la fábrica y no se especifica una referencia o límite en el pliego, lo que añade un componente variable a las ofertas para esos ítems.

“En tal sentido, deben calcular e incluir en el Precio Unitario de su Oferta Económica, todos los gastos asociados a la Visita a Fábrica, es decir, transporte y hospedaje, para dos (2) colaboradores de Edesur Dominicana, S.A.”

Posible explicación normal: puede tratarse del procedimiento de control funcionando.

Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Otros documentos del proceso (37)

  • Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 23 dic de 2025
  • 176-2025 ACTA DE INICIO OCR.pdfInforme pericial · 23 dic de 2025 · 1 señal
  • 176-2025 ACTA DE INICIO OCR.pdfPliego · 23 dic de 2025 · 2 señales
  • 560-2025 Acta de adjudicación LPN-2025-0020 Conductores y Cables.pdfActa de adjudicación · 23 dic de 2025 · 2 señales
  • Primera publicación Periódico El Diario Libre 22.12.25 OCR.pdfDocumento · 23 dic de 2025
  • Segunda Publicación El Diario Libre 23.12.25 OCR.pdfDocumento · 23 dic de 2025
  • Segunda publicación Periódico El Nacional 23.12.25 OCR.pdfDocumento · 23 dic de 2025
  • Primera publicación El Nacional 22.12.25 OCR.pdfDocumento · 23 dic de 2025
  • Anexos.zipDocumento · 7 ene de 2026
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  • 560-2025 Acta de adjudicación LPN-2025-0020 Conductores y Cables OCR.pdfActa de adjudicación · 7 ene de 2026

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 220 — Carácter optativo de los recursos en sede administrativa

Artículo 220. Carácter optativo de los recursos en sede administrativa. De conformidad con la Ley núm. 107-13, los recursos en sede administrativa previstos en el presente reglamento, tendrán carácter optativo, por lo que el recurrente podrá en todo caso acudir directamente a la vía contenciosa administrativa. La elección de la vía jurisdiccional hará perder la administrativa; pero la interposición del recurso en sede administrativa no implica el desistimiento del mismo en cualquier estado, a fin de promover la vía contenciosa, ni impedirá que se interponga el recurso contencioso administrativo una vez resuelto el recurso en sede administrativa o transcurrido el plazo para decidir.

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