El Acta Administrativa núm. CC-2025-0501, fechada el 23 de diciembre de 2025, adjudica el Lote I a Winpe Group, SRL por RD$3,400,000 y el Lote II a P.A. Catering, SRL por RD$2,200,000, ambos con impuestos incluidos. El total adjudicado es RD$5,600,000, igual al monto estimado informado para el proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica a Winpe Group RD$3,400,000, mientras que el portal registra un contrato modificado por RD$5,100,000, una diferencia de RD$1,700,000 (50 % del monto adjudicado). La modificación podría explicar la diferencia; corresponde verificar su justificación y formalización, pues la Ley permite modificaciones de servicios hasta ese porcentaje por razones justificadas.
“ADJUDICAR al oferente WINPE GROUP, SRL, en el LOTE I por ser la oferta técnica y económica más conveniente para la institución por un valor de TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$3,400,000.00), con impuestos inc”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 181 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 31
ART. 31. La entidad contratante tendrá las facultades y obligaciones establecidas en esta ley, sin perjuicio de las que estuvieren previstas en otra legislación y en sus reglamentos, en los pliegos de condiciones, o en la documentación contractual. Especialmente tendrá: 1) El derecho de interpretar administrativamente los contratos y de resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, el Organo Rector emitirá la opinión definitiva; 2) Podrá modificar, disminuir o aumentar hasta un veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original de la obra, siempre y cuando se mantenga el objeto, cuando se presenten circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el proceso de…
Reglamento 416-23, artículo 181 — Procedimiento para la modificación del contrato
Artículo 181. Procedimiento para la modificación del contrato. La modificación del contrato se realizará agotando la forma y plazo establecidos en el pliego de condiciones. Cuando estas sean ambiguas o no se haya establecido un procedimiento, será el siguiente: 1. La institución contratante realizará un informe pericial en el cual se indique de manera detallada la causa que da lugar a la modificación. 2. La institución contratante notificará por escrito al contratista la intención de modificar el contrato u orden de compra o servicio, exponiendo de manera detallada y debidamente motivada la causa que la justifica, así como el informe pericial que avale la intención. 3. El proveedor tendrá…
En sus considerandos, el acta refiere que el inicio y la convocatoria fueron bajo Licitación Pública Nacional, aunque el expediente, la adjudicación y el portal identifican una Comparación de Precios. La distinción importa porque los plazos mínimos de convocatoria difieren; el portal registra convocatoria el 24 de noviembre y cierre el 2 de diciembre de 2025, por lo que conviene confirmar cuál modalidad fue efectivamente aprobada y publicada.
“el Comité de Compras y Contrataciones del INAIPI mediante Acto Administrativo aprobó el inicio del proceso y la de peritos bajo la modalidad de Licitación Pública Nacional … INAIPI), hizo un llamado a participar en el procedimiento de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 96 · Reglamento 416-23, art. 100 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 96 — Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales
Artículo 96. Convocatoria de las licitaciones públicas nacionales. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas nacionales deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse en un mínimo de dos (2) periódicos de circulación nacional por el término de dos (2) días consecutivos. 3. Publicarse con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la recepción y apertura de las ofertas, computados a partir del día siguiente a la última publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de oferta.
Reglamento 416-23, artículo 100 — Convocatoria en las comparaciones de precios
Artículo 100. Convocatoria en las comparaciones de precios. La convocatoria a presentar ofertas en un procedimiento por comparación de precios deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse con un mínimo de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de ofertas.
Los importes adjudicados —RD$3,400,000 para el Lote I y RD$2,200,000 para el Lote II— coinciden con los totales estimados de cada lote consignados en las tablas del acta. La coincidencia no acredita por sí sola una irregularidad, pero deja sin ahorro frente al estimado y amerita contrastar la razonabilidad de esos valores con el estudio de mercado y las ofertas económicas.
Según la consulta de DGII del 27 de septiembre de 2026, posterior al proceso, la actividad registrada de Winpe Group es «SERVICIOS DE PUBLICIDAD», mientras que el acta le adjudica servicios de capacitación y conferencia. Ese dato posterior no demuestra cuál era su actividad al ofertar ni su capacidad entonces; conviene contrastarlo con las credenciales y experiencia evaluadas en el expediente.
“ADJUDICAR al oferente WINPE GROUP, SRL, en el LOTE I por ser la oferta técnica y económica más conveniente para la institución”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Winpe Group, SRLAdjudicataria del Lote I; el acta indica que su oferta técnica y económica fue la más conveniente y que cumplió las especificaciones del pliego.
Adjudicado
Lote I
RD$3,400,000
P.A. Catering, SRLAdjudicataria del Lote II; el acta indica que su oferta técnica y económica fue la más conveniente y que cumplió las especificaciones del pliego.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona