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Pliego

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CONSTRUCCION DEL CANAL DRENAJE PLUVIAL EN LA CALLE PROLONGACION ENRIQUE A. VALDEZ EN EL SECTOR LA BAHIA DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO DE MACORIS · Ayuntamiento de San Pedro de Macoris

Publicado el 22 dic de 202549 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AYUNTAMIENTO SAN P.-CCC-CP-2025-0014

Lo que dice

El pliego del proceso AYUNTAMIENTO SAN P.-CCC-CP-2025-0014, convocado el 23/12/2025, establece un presupuesto base de RD$10,000,000 y un plazo máximo de ejecución de 90 días calendario para construir el canal de drenaje pluvial. Define requisitos de participación, evaluación técnica y económica, garantías y condiciones de ejecución; algunas cláusulas presentan restricciones y contradicciones que merecen revisión.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

Prohibición de ofertas simultáneas por coincidencia de accionistas

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego impide participar simultáneamente a empresas que compartan algún accionista, además de restringir la participación de una persona física cuando una empresa en la que sea socia también oferta. La prohibición categórica puede excluir empresas jurídicamente distintas sin que el texto limite su aplicación a un consorcio o a un conflicto concreto.

“No se permite la múltiple participación, esto es, una persona física no podrá participar como persona física si la empresa en la que es socio también participa y viceversa. En ese sentido, los participantes que posean esta condición deben e”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 5 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 5

ART. 5. Los procesos y personas sujetos a la presente ley son: Procesos: 1) Compra y contratación de bienes, servicios, consultoría y alquileres con opción de compra y arrendamiento, así como todos aquellos contratos no excluidos expresamente o sujetos a un régimen especial; 2) Contratación de obras públicas y concesiones. Personas: 1) Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que hagan Oferta de bienes y servicios requeridos por las instituciones de la administración pública o contraten obras o concesionen obras o servicios o ambos. 2) Dos o más personas que presenten oferta como un conjunto actuando como una sola, estableciendo en un acto notarial que actúan bajo esa…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Restricciones por contratos activos y adjudicaciones anteriores

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego excluye a oferentes con contratos vigentes en el Ayuntamiento y a quienes hayan ganado los últimos tres procesos de obras similares, sin vincular esa exclusión a una evaluación individual de capacidad operativa. Son condiciones que pueden reducir el universo de participantes y requieren justificación proporcional al objeto.

“1. No tener contrato activo con la entidad contratante: El oferente no deberá mantener contratos vigentes, órdenes de compra o servicios activos con el Ayuntamiento al momento de la presentación de la oferta. 2. No participación reiterada: ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

A revisarHallazgo en documentos

Penalidades diarias elevadas y sin tope expreso

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego prevé penalidades que pueden alcanzar el 4 % del monto total del contrato por cada día o fracción de día de incumplimiento, sin expresar un límite acumulado en estas cláusulas. La magnitud potencial de la exposición económica puede afectar la preparación de ofertas y amerita verificar su proporcionalidad y aplicación contractual.

“la penalidad aplicable será equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto total del contrato por cada día o fracción de día en que no se haya corregido dicho incumplimiento, sin perjuicio de que, a opción de EL ASPM, se proceda a la termi”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 28 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Ley 340-06, artículo 28

ART. 28. El contrato, para considerarse válido, contendrá cláusulas obligatorias referidas a: antecedentes, objeto, plazo, precio, ajuste de precios, equilibrio económico financiero, garantías, modificación, terminación, resolución, arbitraje, nulidad, sanciones y bonificaciones, si ello se ha acordado, liquidación, solución de controversias, y las demás que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la contratación y con las condiciones que establezca el reglamento de la presente ley. PÁRRAFO I. El reglamento establecerá las características formales del contenido de las órdenes de compra y de servicio. PÁRRAFO II. En el caso de que sea necesaria la devolución de valores avanzados por la…

A revisarHallazgo en documentos

Plazos incompatibles para presentar la garantía de fiel cumplimiento

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

El cronograma contempla cinco días hábiles para constituir la garantía, pero otra cláusula concede hasta diez días hábiles. Además de la discrepancia interna, el reglamento fija cinco días hábiles para presentarla, salvo el plazo especial para licitaciones internacionales o adjudicatarios extranjeros.

“Dentro de los siguientes 5 días hábiles, contados a partir de la notificación de adjudicación 22/01/2026 12:00 … En esos casos, corresponderá al adjudicatario(a) presentar en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, de una garantía de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 199 · Reglamento 416-23, art. 200 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 199 — Garantía de fiel cumplimiento

Artículo 199. Garantía de fiel cumplimiento. Se entenderá como garantía de fiel cumplimiento aquella que es constituida a favor del ente u órgano contratante para asegurar que el adjudicatario cumpla con las condiciones y cláusulas establecidas en la orden de compra, de servicio o contrato, y que el bien, servicio u obra sea entregado de acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos en el pliego de condiciones y la orden de compra, orden de servicio, o contrato suscrito. Párrafo I. La garantía de fiel cumplimiento deberá ser obligatoriamente integrada por los adjudicatarios cuyos contratos u órdenes de compra o de servicio excedan el equivalente en pesos dominicanos de US$10.000,00,…

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Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…

A revisarHallazgo en documentos

Criterios del pliego marcan documentos de credenciales como no subsanables

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego declara no subsanables documentos de presentación de oferta y de situación fiscal y, en otra parte, reconoce que los documentos relativos a credenciales son subsanables si el requisito se cumplía al presentar la oferta o es inherente a la capacidad. La contradicción puede afectar la admisión de ofertas por omisiones documentales.

“1) Formulario de Presentación de Oferta (SNCC.F.034) (No Subasanable … 3) Estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) (No Subasanable … todo documento relativo a credenciales de los”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

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A revisarHallazgo en documentos

Cláusula de garantía de seriedad contiene vigencias contradictorias

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego exige que la garantía cubra hasta veinte días después de la fecha prevista para suscribir el contrato y luego indica una vigencia mínima de “noventa (20)” días. La inconsistencia deja indeterminado el plazo exigible y puede ocasionar tratamientos distintos entre oferentes.

“que esté vigente hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato … 5) Con una vigencia mínima de noventa (20) días calendario a partir de la fecha de la apertura de la oferta”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 192 · Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías

Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…

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Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta

Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.

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ContextoHallazgo en documentos

Referencia a ETED en una cláusula de penalidades del Ayuntamiento

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

En una cláusula de penalidades se atribuye la comprobación del incumplimiento a “LA ETED”, aunque la institución contratante identificada para el proceso es el Ayuntamiento de San Pedro de Macorís. La referencia ajena puede generar incertidumbre sobre quién debe verificar y activar esa condición contractual.

“En caso de que LA ETED compruebe que el personal empleado por EL PROVEEDOR no se encuentra capacitado para el servicio del “CONSTRUCCION DEL CANAL DRENAJE PLUVIAL EN LA CALLE PROLONGACION ENRIQUE A. VALDEZ EN EL SECTOR LA BAHIA DEL MUNICIPI”
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Oferentes que registra (4)

3 mencionado · 1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Manuel Antonio Liriano OrtizEl portal registra una oferta cargada y pendiente; el monto mostrado es RD$0 y no permite determinar el monto efectivo ofertado.Mencionado——
Palmarius, S.R.L.El portal registra una oferta cargada y en tratamiento; no se consigna un monto efectivo.Mencionado——
Comoso Constructora, SRLSegún el resumen del acta de adjudicación del proceso, resultó adjudicataria del Lote 01.AdjudicadoLOTE 01RD$9,999,900
Osvaldo Valentin Valera JiménezEl portal registra una oferta cargada y pendiente por RD$9,000,000; el pliego no informa su resultado de evaluación.Mencionado—RD$9,000,000

Otros documentos del proceso (20)

  • PRESUPUESTO CANAL PLUVIAL(V1).xlsxDocumento · 22 dic de 2025
  • Acta de Inicio.pdfInforme pericial · 22 dic de 2025
  • PRESUPUESTO CANAL PLUVIAL(V1).xlsxDocumento · 22 dic de 2025
  • Certificacion de fondos .pdfCertificación de fondos · 22 dic de 2025
  • Resolucion.pdfResolución · 22 dic de 2025 · 1 señal
  • Planos.pdfDocumento · 22 dic de 2025
  • SNCC_D038_Garantia_GFC (2).docxDocumento · 22 dic de 2025
  • SNCC_D044_Enfoque_y_Metodologia (2).docxDocumento · 22 dic de 2025
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 22 dic de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (2).docxDocumento · 22 dic de 2025
  • SNCC_F036_Equipos_Oferente.docxDocumento · 22 dic de 2025
  • SNCC_F037_Personal_Oferente (1).docx

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Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Documento · 22 dic de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente (2).docxDocumento · 22 dic de 2025
  • SNCC_F012_Convocatoria_CP.pdfDocumento · 22 dic de 2025
  • ACTA DE MODALIDAD DE PROCESO Y DESIGNACION DE PERITOS.pdfInforme pericial · 22 dic de 2025 · 1 señal
  • Solicitud de Compra o Contratacion.pdfSolicitud de compra · 22 dic de 2025
  • PRESUPUESTO CANAL PLUVIAL modificado.xlsxDocumento · 30 dic de 2025
  • Pliego.pdfPliego · 30 dic de 2025 · 4 señales
  • Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 16 ene de 2026 · 1 señal
  • Informe final del portalDocumento · —