El pliego establece una contratación por excepción para difundir campañas del Servicio Nacional de Salud, con presupuesto base de RD$19,411,560 y 23 renglones de servicios, por un período de hasta seis meses. Fija ofertas hasta el 7 de enero de 2026 y adjudicación por ítem al menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos; el portal registra posteriormente el proceso como cancelado.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Entre la convocatoria del 22 de diciembre y la entrega de ofertas del 7 de enero transcurren 16 días calendario, con consultas limitadas hasta el 25 de diciembre. Aunque el procedimiento de excepción no fija aquí un mínimo numérico, el plazo debe ser razonable y proporcional; las fechas y el período festivo ameritan revisar si hubo tiempo efectivo suficiente para preparar propuestas para los 23 renglones.
“Martes 22 de diciembre del año 2025 … Hasta las 2:00 pm del viernes 25 de diciembre del año 2025 … Hasta las 11:00 del miércoles 7 de enero del año 2025” (pág. 7)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción
Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
El cronograma anuncia la apertura de los sobres A y B en el mismo momento. El reglamento dispone que las ofertas económicas se abran solo después de evaluar las técnicas y notificar sus resultados, lo que hace necesario aclarar cómo se preservaría esa separación.
“Apertura de ofertas técnicas sobre A y B desde las 11:05am miércoles 7 de enero del 2026.” (pág. 7)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 126 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 126 — Apertura de las ofertas económicas
Artículo 126. Apertura de las ofertas económicas. En el día y hora establecido en el pliego de condiciones se iniciará con la apertura de las ofertas económicas en presencia del Comité de Compras y Contrataciones, el notario público y de todos aquellos interesados en presenciarlo. De haber sido presentadas ofertas en soporte papel, el mismo día, hora y acto, el titular del área jurídica las presentará al Comité de Compras y Contrataciones para que se proceda con su apertura.
El pliego permite enviar por correo electrónico todos los documentos de las ofertas, además de usar el portal o entregarlos físicamente. Esa vía no figura entre los formatos previstos por el reglamento y requiere aclarar cómo se asegurarían la confidencialidad, la custodia y la apertura separada de las ofertas técnica y económica.
“El oferente podrá cargar a través del Portal Transaccional de la ,DGC? o enviar al correo institucional [correo] o entregar de manera física, en sobre sellado, todos los documentos de su oferta técnica y económica.” (pág. 8)
Reglamento 416-23, artículo 109 — Formato de presentación de propuestas
Artículo 109. Formato de presentación de propuestas. Los oferentes presentarán su propuesta en ofertas técnicas y económicas de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en soporte papel. Ambos formatos tendrán la misma validez. Párrafo. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación del pliego de condiciones y sus enmiendas o adendas, normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la propuesta.
Reglamento 416-23, artículo 110 — División de las propuestas
Artículo 110. División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Estas ofertas deberán presentarse por separado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), el cual garantizará la encriptación de las ofertas presentadas, o en soporte papel en el lugar y fecha establecidos en el pliego de condiciones. Cuando las propuestas sean presentadas en soporte papel, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres separados y sellados para garantizar la confidencialidad.
El pliego fundamenta el procedimiento en exclusividad, pero enumera 23 renglones asociados a medios, espacios o nombres específicos. El reglamento limita a cinco el número de proveedores que pueden atender una exclusividad; conviene verificar cómo se justifica esa modalidad y su compatibilidad con la excepción específica para publicidad en medios.
“Visto lo anterior, entendemos procedente que el presente proceso sea realizado bajo la modalidad de exclusividad cumpliendo cabalmente con las disposiciones que rigen la norma, ya que hemos verificado en nuestra base de datos de procesos an” (pág. 4)
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
Reglamento 416-23, artículo 60 — Procedimiento de excepción para la contratación de publicidad a través de los medios de comunicación social
Artículo 60. Procedimiento de excepción para la contratación de publicidad a través de los medios de comunicación social. Se utilizará este procedimiento de excepción cuando sea necesario contratar, directamente y sin intermediarios un medio de comunicación social para colocar publicidad que tenga sentido misional u oficial, y que vaya dirigida a informar sobre derechos de las personas, un servicio público o brindar transparencia y difusión a planes y proyectos institucionales. Para este procedimiento la información documental, auditiva o visual debe estar creada y lista para su transmisión o publicación mediante el medio de comunicación. Párrafo. Este procedimiento será por selección…
Se exige que los adjudicatarios tengan disponibilidad inmediata y respondan a solicitudes en dos horas, para un servicio con duración máxima de seis meses. No se expone en el pliego la justificación técnica de ese plazo; conviene verificar si es necesario y proporcional al objeto y si limita la participación.
“El o los adjudicatarios(s) deberían tener disponibilidad de los servicios a contratarse al momento que les sean solicitados de manera inmediata con un periodo a solicitud de 2 dos horas.” (pág. 11)
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La garantía se describe con una vigencia de “seis (05) meses” desde la notificación de adjudicación, cifra internamente contradictoria y no expresada hasta la liquidación contractual. Dado que el contrato puede durar hasta seis meses, debe aclararse el plazo para verificar que la cobertura no expire antes de la liquidación.
“La garantía de fiel cumplimiento de contrato, con una vigencia de seis (05) MESES contando a partir de la fecha de notificación de adjudicación.” (pág. 11)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 30 · Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 30
ART. 30. Para garantizar el fiel cumplimiento de sus obligaciones los oferentes, adjudicatarios y contratistas deberán constituir garantías en las formas y por los montos establecidos en la reglamentación de la presente PÁRRAFO I. El adjudicatario de una licitación deberá contratar seguros que cubran los riesgos a que estén sujetas las obras. Tales seguros permanecerán en vigor hasta que la autoridad correspondiente compruebe que el adjudicatario ha cumplido con las condiciones del contrato, extendiéndoles la constancia para su cancelación. PÁRRAFO II. Las garantías podrán consistir en pólizas de seguro o garantías bancarias, con las condiciones de ser incondicionales, irrevocables y…
Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 115 — Recepción de propuestas
Artículo 115. Recepción de propuestas. Las ofertas podrán ser recibidas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) en el cual, de forma automática, se registra la fecha y hora de la recepción, manteniéndose encriptadas, sin posibilidad de que se conozca su contenido hasta que la institución contratante realice la apertura, en la fecha y hora fijadas en el cronograma de actividades previsto en el pliego de condiciones. Párrafo I. Cuando se trate de ofertas en formato o soporte papel, podrán ser recibidas desde el día de la convocatoria hasta el día y la hora fijados como plazo máximo para la presentación de las ofertas. En estos casos, la Unidad Operativa de Compras y…
ART. 6. Se excluyen de la aplicación de la presente ley los procesos de compras y contrataciones relacionados con: 1) Los acuerdos de préstamos o donaciones con otros Estados o entidades de derecho público internacional, cuando se estipule en dichos acuerdos, en cuyos casos se regirán por las reglas convenidas, en caso contrario se aplicará la presente ley. 2) Operaciones de crédito público y la contratación de empleo público, que se rigen por sus respectivas normas y leyes; 3) Las compras con fondos de caja chica, las que se efectuarán de acuerdo con el régimen correspondiente; 4) La actividad que se contrate entre entidades del sector público. PÁRRAFO. Serán considerados casos de…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…