La Enmienda No. 1, fechada el 19 de diciembre de 2025, modifica el cronograma del proceso y amplía el plazo para presentar ofertas hasta el 26 de diciembre de 2025; fija la apertura técnica para el 29 de diciembre. También modifica los requisitos financieros: establece estados financieros de 2023 y 2024, índices mínimos y una certificación bancaria por al menos el 20 % del presupuesto del proyecto o del lote correspondiente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La posibilidad de subsanar debilita el control sobre la presentación oportuna de la evidencia bancaria de disponibilidad financiera..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Cronograma de actividadesPlazo de presentación y fechas de las etapas
El pliego inicial fijaba la recepción de ofertas para el 22/12/2025, según el resumen del proceso.
La presentación de credenciales y ofertas se fija para el 26/12/2025 a las 15:00; la apertura técnica, para el 29/12/2025 a las 10:00, y se actualizan las fechas posteriores hasta la publicación del contrato.
Relaja
Pliego, numeral 9, letra B, documentación financieraEstados financieros e índices de capacidad financiera
Los numerales 17 y 18 de la versión anterior del pliego; sus términos previos no se reproducen en esta enmienda.
Se requieren estados financieros de 2023 y 2024 certificados por auditores o CPA. Para el último ejercicio se fijan solvencia ≥ 1.20, endeudamiento ≤ 1.50 y liquidez corriente ≥ 0.90, todos no subsanables.
Aclara
Pliego, numeral 9, letra B, numeral 18Certificación bancaria de disponibilidad financiera
El numeral 18 de la versión anterior del pliego; el texto previo no se reproduce en esta enmienda.
Se exige certificación bancaria de fecha no mayor a 30 días de la apertura que demuestre fondos disponibles en dos productos financieros por al menos el 20 % del presupuesto total del proyecto o del lote correspondiente. La certificación es subsanable.
RelajaQuita un control: La posibilidad de subsanar debilita el control sobre la presentación oportuna de la evidencia bancaria de disponibilidad financiera.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona