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Pliego

11. Pliego estándar contratación de servicios SUPBANCO-CCC-LPN-2025-0012.pdf

[PRESENTAR OFERTA SIN ITBIS] Contratación servicios renovación soporte herramienta VMware, DELL EMC, y soluciones ciberseguridad Fortinet, Knowbe4, Tenable, y adquisición de Firewalls Fortinet para SB… · Superintendencia de Bancos

Publicado el 22 dic de 202541 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SUPBANCO-CCC-LPN-2025-0012

Lo que dice

El pliego de la Licitación Pública Nacional SUPBANCO-CCC-LPN-2025-0012 establece la renovación de servicios tecnológicos y la adquisición de firewalls, divididas en cinco lotes, con un valor referencial de RD$23,199,060.56. Fija evaluación técnica y económica bajo cumple/no cumple y adjudicación por lote al menor precio que cumpla los requisitos. Incluye requisitos de elegibilidad, debida diligencia, garantías, pagos y penalidades contractuales.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

El desempate prevé criterios distintos a los enumerados en el reglamento

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego da preferencia a MIPYME mujer y luego a MIPYME industrial u otros sectores priorizados; si no hay ofertas con esos atributos, dispone un sorteo. El artículo 131 del Reglamento 416-23 enumera otros criterios de desempate, por lo que la regla del pliego podría determinar de forma distinta quién gana si se produce un empate.

“a) Primero que este clasificado como MIPYME mujer, sino se presentó oferta de MIPYMES mujer, sería una MIPYME industrial u otros sectores priorizados.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas

Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…

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A revisarHallazgo en documentos

La debida diligencia incorpora un criterio amplio de riesgo reputacional

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego permite promover la descalificación por elementos que supongan un riesgo reputacional directo para la institución, sin definir en esta cláusula parámetros verificables para identificarlo. La amplitud del criterio merece revisión porque puede incidir en la admisión de ofertas además de los criterios de evaluación publicados.

“podrá promover la descalificación de cualquier oferente partícipe en los casos de que la institución detecte elementos que pudieran constituir conflicto de interés real y directo para la institución, así como elementos que supongan un riesg”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

La forma de pago del lote 3 identifica un servicio distinto

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

La tabla de lotes asigna Knowbe4 al lote 3, pero la sección de pagos describe para ese lote la renovación de Tenable One, que el propio pliego asigna al lote 2. La discrepancia puede causar incertidumbre al preparar ofertas o al verificar las obligaciones de pago.

“Renovación de los servicios de la plataforma Knowbe4, por un periodo de un (1) año. … Renovación de los servicios de la solución Tenable One, por un periodo de un (1) año.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Se exigen dos códigos de actividad del RPE para todos los lotes

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego exige que cada oferente tenga registrados tanto servicios informáticos como equipos de seguridad/firewalls, sin diferenciar por lote. Como el objeto se divide en lotes con prestaciones distintas, el requisito podría excluir a proveedores técnicamente aptos para un lote que no oferten ambos tipos de actividad; conviene verificar su proporcionalidad.

“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial - Servicios informáticos y - Equipos de seguridad Firewalls”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

A revisarHallazgo en documentos

El plazo para corregir defectos queda sin completar

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

En la recepción de servicios, el pliego deja sin especificar el plazo para corregir errores detectados. Aunque otra cláusula prevé dos días hábiles para sustituir prestaciones no conformes, la diferencia entre ambas disposiciones puede generar incertidumbre sobre el plazo aplicable.

“a la corrección de los errores detectados. En los casos donde el proveedor no haya cumplido con el servicio”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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A revisarHallazgo en documentos

Penalidades diarias sin límite máximo expreso

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego establece penalidades del 1% del monto pendiente por cada día o fracción de retraso y del 2% del monto total por cada día hábil o fracción tras incumplir el plazo de corrección. En estos apartados no se fija un tope acumulado, por lo que el impacto económico potencial merece verificarse frente a la proporcionalidad y a las condiciones del contrato.

“LA SB aplicará una penalidad equivalente a un por ciento (1%) del monto total del contrato pendiente de recepción por cada día o fracción de día en que LA ENTIDAD CONTRATADA incumpla con el plazo establecido para la entrega de los servicios”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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ContextoHallazgo en documentos

Se añade una exclusión de seis meses para antiguos empleados

Documento del 22 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego impide participar o ser adjudicado cuando una persona vinculada como presentante, socio, accionista, representante o apoderado haya sido empleada de la institución y su desvinculación haya ocurrido menos de seis meses antes de la convocatoria. Es una condición de exclusión adicional que conviene revisar por su alcance y por cómo se verificará de forma uniforme.

“No podrá participar ni ser adjudicado ningún oferente, cuya propuesta haya sido presentada por una persona que haya sido empleado(a) de la institución contratante, o que figure como socio(a), accionista, representante o apoderado(a) legal”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 14 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 14

ART. 14. No podrán ser oferentes ni contratar con el Estado las siguientes personas: 1) El Presidente y Vicepresidente de la República; los Secretarios y Subsecretarios de Estado; los Senadores y Diputados del Congreso de la República; los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Cámara de Cuentas y de la Junta Central Electoral; los Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional; el Contralor General de la República y el Subcontralor; el Director de Presupuesto y Subdirector; el Director Nacional de Planificación y el Subdirector; el Procurador General de la República y los demás miembros del…

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Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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