El informe recomienda autorizar la excepción para contratar publicaciones en medios impresos y revistas especializadas durante cuatro meses de 2026, por un monto total de RD$16,545,178.31. Fundamenta la selección directa en la excepción aplicable a la publicidad en medios de comunicación social y describe obligaciones de difusión institucional y de precios oficiales de combustibles.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El proceso, según la ficha del portal, comprende medios impresos, WEB digital y revistas especializadas, pero el informe justifica un servicio de publicaciones en medios impresos y revistas y no explica el componente WEB digital. Como el informe vincula la motivación de la excepción al monto total requerido, corresponde verificar que ese componente también esté sustentado en los estudios y documentos del expediente.
“INFORME JUSTIFICATIVO DEL USO DE LA EXCEPCION PARA EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PUBLICACIONES EN ESPACIOS PAGADOS (MEDIOS IMPRESOS) PARA CUATRO MESES DEL AÑO 2026”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El informe sustenta la selección en la capacidad operativa de los medios y en requerimientos institucionales, sin describir cómo se verificó la contratación directa con cada medio ni que el material estuviera creado y listo para publicarse, condiciones contempladas para esta excepción. Conviene contrastar esta motivación con los documentos de respaldo del expediente.
“La naturaleza de los requerimientos institucionales implica el uso de medios con capacidad operativa para garantizar la difusión en los formatos y plazos establecidos por la normativa, por lo que la identificación de los proveedores se real”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 60 · Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 60 — Procedimiento de excepción para la contratación de publicidad a través de los medios de comunicación social
Artículo 60. Procedimiento de excepción para la contratación de publicidad a través de los medios de comunicación social. Se utilizará este procedimiento de excepción cuando sea necesario contratar, directamente y sin intermediarios un medio de comunicación social para colocar publicidad que tenga sentido misional u oficial, y que vaya dirigida a informar sobre derechos de las personas, un servicio público o brindar transparencia y difusión a planes y proyectos institucionales. Para este procedimiento la información documental, auditiva o visual debe estar creada y lista para su transmisión o publicación mediante el medio de comunicación. Párrafo. Este procedimiento será por selección…
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
Oferentes que registra (17)
17 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Listín DiarioMedio indicado como publicación prevista; el informe no identifica razón social, oferta ni adjudicación.
Mencionado
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Diario LibreMedio indicado como publicación prevista; el informe no identifica razón social, oferta ni adjudicación.
Mencionado
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HoyMedio indicado como publicación prevista; el informe no identifica razón social, oferta ni adjudicación.
Mencionado
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El NacionalMedio indicado como publicación prevista; el informe no identifica razón social, oferta ni adjudicación.
Mencionado
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El CaribeMedio indicado como publicación prevista; el informe no identifica razón social, oferta ni adjudicación.
Mencionado
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El DíaMedio indicado como publicación prevista; el informe no identifica razón social, oferta ni adjudicación.
Mencionado
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El Nuevo DiarioMedio indicado como publicación prevista; el informe no identifica razón social, oferta ni adjudicación.
Mencionado
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LaNombre incompleto en el texto del informe; no se puede identificar el medio.
Mencionado
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Revista MercadoRevista indicada como publicación prevista; el informe no identifica razón social, oferta ni adjudicación.
Mencionado
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Revista Factor de ÉxitoRevista indicada como publicación prevista; el informe no identifica razón social, oferta ni adjudicación.
Mencionado
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Revista ContactoRevista indicada como publicación prevista; el informe no identifica razón social, oferta ni adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona