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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

02 Pliego de Condiciones LPN-0026 1.pdf

ADQUISICIÓN DE BATERÍAS, NEUMÁTICOS Y LUBRICANTES PARA USO DE LA INSTITUCIÓN. · Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo

Publicado el 18 dic de 202541 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CAASD-CCC-LPN-2025-0026

Lo que dice

El pliego de la licitación CAASD-CCC-LPN-2025-0026 establece la adquisición de baterías, lubricantes y neumáticos, con presupuesto estimado de RD$19,407,463.59, y recepción de ofertas hasta el 9 de febrero de 2026. Fija adjudicación por menor precio por ítem y permite ofertar solo por los ítems de interés. Incluye requisitos de elegibilidad, capacidad financiera y documentación técnica, y contiene instrucciones de entrega que no son consistentes entre sí.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$1.9 millones

Crédito exigido sobre el estimado total pese a adjudicación por ítem

Documento del 18 dic 2025 · hace 9 meses

Se exige a cada oferente una línea de crédito del 10 % del monto estimado total del procedimiento (aproximadamente RD$1,940,746.36), mientras el pliego permite participar solo por algunos ítems y adjudica por ítem. El requisito puede imponer una capacidad financiera calculada sobre una compra mayor que la porción a la que un oferente decide concurrir.

“Línea de crédito por el diez por ciento (10%) del monto estimado del procedimiento.Deberá ser emitida por una entidad de intermediación financiera que se encuentre autorizada por la Superintendencia de Bancos. … no es obligatorio que los of”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

RPE exige las tres actividades aunque se puede ofertar por ítem

Documento del 18 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego exige inscribir en el RPE las actividades UNSPSC de baterías, lubricantes y componentes de transporte, aunque permite ofertar solo por los ítems de interés. Esto podría excluir a proveedores especializados en una sola categoría que no estén registrados en las otras dos.

“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial , , , referida en el numeral 2 sobre “objeto del procedimie”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Declaración de no tener litigios con el Estado como requisito

Documento del 18 dic 2025 · hace 9 meses

El pliego requiere declarar que no existen juicios o procesos de litigio contra el Estado, sin limitar esa condición a una prohibición legal o a la capacidad para ejecutar el contrato. Conviene revisar si esta exigencia excluyó participantes por el solo hecho de tener controversias pendientes con una entidad pública.

“así como de que no tienen juicios pendientes con el Estado Dominicano o alguna de sus instituciones. - No posee procesos de litigio contra el Estado Dominicano.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Condiciones incompatibles sobre la modalidad y el plazo de entrega

Documento del 18 dic 2025 · hace 9 meses

La sección de entregas a requerimiento prevé entregas distribuidas en seis meses, sujetas a solicitudes de la institución y sin compromiso de consumir todas las unidades; otra sección indica que los bienes se requerirán en una sola etapa y en su totalidad de forma inmediata. La diferencia afecta la planificación de inventario, costos y capacidad logística que deben considerar los oferentes.

“La institución contratante podrá requerir la entrega de los bienes adjudicados durante el lapso de duración previsto y al precio unitario contratado, de acuerdo con sus necesidades y con una frecuencia preestablecida y acordada en el contra”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 166 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 166 — Contrato u orden de compra a requerimiento

Artículo 166. Contrato u orden de compra a requerimiento. Se podrá establecer en el pliego de condiciones del procedimiento de contratación la entrega a requerimiento, cuando se trate de la contratación de bienes o servicios de uso frecuente, y sea posible realizar una estimación de consumo durante un período determinado. En estos casos, la institución contratante podrá requerir la entrega de los bienes y servicios adjudicados durante el lapso de duración previsto y al precio unitario contratado, de acuerdo con sus necesidades y con una frecuencia preestablecida y acordada en el contrato. Párrafo I. En el pliego de condiciones se advertirá que la institución contratante no asume el…

A revisarHallazgo en documentos

El pliego discrepa sobre si dos documentos técnicos son subsanables

Documento del 18 dic 2025 · hace 9 meses

La sección de documentación técnica califica la carta de garantía y la carta compromiso de entrega como subsanables, pero la tabla de evaluación técnica las marca como no subsanables. La contradicción puede llevar a resultados distintos ante la omisión de esos documentos.

“Carta de Garantía: Carta de garantía en la que certifique que los bienes ofertados cuentan con un plazo mínimo de tres (3) años de garantía por desperfectos de fábrica. (Subsanable) … Carta de Garantía: Carta de garantía en la que certifiqu”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación

Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…

ContextoHallazgo en documentos

Se requieren números de serie de neumáticos desde la oferta

Documento del 18 dic 2025 · hace 9 meses

Para el Lote III se exige, como requisito no subsanable, un listado con el número de serie de cada neumático ofertado. Esto puede exigir que el oferente identifique unidades concretas antes de la adjudicación y merece revisión por su efecto sobre proveedores que no mantienen previamente esos bienes en inventario.

“Listado de Bienes con Número de Serie: Para el Lote III correspondiente a neumáticos, el oferente deberá presentar un listado de los bienes ofertados que incluya el número de serie del neumático de cada ítem. (No subsanable)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Otros documentos del proceso (38)

  • ACTA DE INICIO LPN-2025-0026.pdfInforme pericial · 16 dic de 2025
  • compromiso-etico-de-proveedores (1) (1).docxDocumento · 16 dic de 2025
  • SNCC F033 Oferta Economica.docxDocumento · 16 dic de 2025
  • SNCC.F042 Informacion Oferente.docxDocumento · 16 dic de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta 034(1).docxDocumento · 16 dic de 2025
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes.docxDebida diligencia · 16 dic de 2025
  • ACTA DE INICIO LPN-2025-0026.pdfPliego · 16 dic de 2025
  • contrato-ejecucion-de-bienes (2).docxContrato · 17 dic de 2025
  • FICHA TECNICA LOTE III.pdfPliego · 17 dic de 2025 · 2 señales
  • FICHA TECNICA LOTE I.pdfPliego · 17 dic de 2025 · 2 señales
  • FICHA TECNICA LOTE II.pdfPliego · 17 dic de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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