Apropiación certificada muy inferior al monto estimado del proceso
· hace 9 meses
El certificado acredita RD$2,676,530.49, frente al monto estimado de RD$59,624,395.92 que registra el portal. La diferencia merece verificarse contra otras certificaciones o la programación de pagos: el art. 69 exige saldo suficiente para cubrir el monto total que será pagado durante el año, pero este documento no aclara si la apropiación cubre solo una parte del período.
“Se CERTIFICA que el Presupuesto General del Estado para el año 2025, aprobado por Ley … dispone de balance de Apropiación Presupuestaria suficiente para iniciar procesos de contratación de bienes, obras y servicios por el monto indicado”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →