El Acta núm. 334-2025, de 2025-12-16, adjudica el procedimiento HOSGEDOPOL-CCC-CP-2025-0036 a Shajomed, SRL, por RD$4,460,882 y a Monalva Pharma Group, SRL, por RD$805,000; el total es RD$5,265,882. El acta distribuye la adjudicación entre los renglones detallados y registra la decisión unánime del Comité de Compras y Contrataciones.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica el 16 de diciembre de 2025, pero el portal registra los contratos de Monalva y Shajomed como confirmados y enviados el 11 de diciembre. Conviene verificar si esa fecha corresponde a la formalización del contrato o a un registro previo en el portal, pues el dato podría indicar una secuencia documental que debe aclararse.
“siendo las 12:00 horas del día dieciséis (16) de diciembre del año dos mil veinticinco (2025) ... El Comité de Compras y Contrataciones del HOSGEDOPOL ADJUDICA, a las empresas detalladas más abajo”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El portal muestra las ofertas de Monalva y Shajomed con RD$0, mientras el acta consigna adjudicaciones por RD$805,000 y RD$4,460,882, respectivamente; los montos de los contratos del portal sí coinciden con los adjudicados. Conviene verificar si el cero refleja un campo no cargado o una diferencia en el registro electrónico, para preservar la trazabilidad de las ofertas económicas.
“Monto Total Adjudicado con Itbis: RD$4,460,882.00 ... Monto Total Ofertado, Ext./Itbis: RD$805,000.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
El acta adjudica a Shajomed varios medicamentos. Según el dato de DGII consultado el 2026-09-27, su actividad aparece como venta al por mayor de equipos e implementos de uso médico y paramédico; por ser información vigente a la fecha de consulta y una descripción truncada, es un dato a verificar contra su capacidad y actividad al momento de ofertar, no prueba de incumplimiento en el proceso.
“SHAJOMED, SRL ... ANTITETANICA HUMANA 250 IU/IU 1 ML, GURABO”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona