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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego Estandar de compra de Bienes rev. PNP 19.3.2024 1.pdf

Adquisicion Medicamentos, dirigido a empresas mipymes mujeres · Hospital General Docente de la Policía Nacional

Publicado el 28 nov de 2025Fechado el 27 nov de 202545 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso HOSGEDOPOL-CCC-CP-2025-0036

Lo que dice

El pliego del proceso HOSGEDOPOL-CCC-CP-2025-0036, fechado el 28 de noviembre de 2025, convoca una comparación de precios para adquirir medicamentos e insumos en 27 renglones, exclusivamente a MIPYMES mujeres, con un valor referencial de RD$5,344,900. Fija la recepción de ofertas para el 9 de diciembre de 2025 y la entrega de los bienes para el 17 de diciembre de 2025; también establece evaluación cumple/no cumple y adjudicación basada en menor precio.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Inconsistencia en los ejercicios financieros que se exigen

Documento del 28 nov 2025 · hace 10 meses

Una sección pide los estados financieros del ejercicio 2023-2024, pero la tabla de evaluación identifica los ejercicios consecutivos 2022-2023. La discrepancia puede generar incertidumbre sobre qué documentación debe acreditar la solvencia y sobre una aplicación uniforme del requisito.

“Estados Financieros del último ejercicio contable (2023-2024 … Estados Financieros, último periodo de los último(s) ejercicio(s) contable(s) consecutivo(s) 2022-2023 y, certificado(s) por una firma de auditores o un CPA (contador público”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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A revisarHallazgo en documentos

Actividad comercial aparece como preferida y como requisito

Documento del 28 nov 2025 · hace 10 meses

El objeto señala que la actividad UNSPSC 51160000 es preferible, pero la documentación legal exige que el RPE tenga inscrita esa actividad. La diferencia entre preferencia y condición obligatoria puede cambiar quién resulta elegible si se aplica como requisito excluyente.

“por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial … Medicamentos que afecta el sistema respiratorio … debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial referida en el numeral 2 de la”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

A revisarHallazgo en documentos

Plazo de entrega muy próximo a la firma prevista

Documento del 28 nov 2025 · hace 10 meses

El pliego fija la entrega para el 17/12/2025, mientras programa la suscripción del contrato para ese mismo día a las 15:00 y también indica que la entrega debe ocurrir antes de esa fecha. La diferencia entre el plazo general de hasta diez días hábiles y la fecha concreta amerita revisar si los oferentes tuvieron una oportunidad realista y uniforme de abastecer los 27 renglones.

“El (o los) bien (es) deberá(n) entregarse dentro de los plazos secuenciales y finales establecidos en este pliego (y sus anexos) así como en los cronogramas de trabajo presentados por el (los) proveedor (res) aprobados por la institución”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

A revisarHallazgo en documentos

El criterio de endeudamiento presenta límites contradictorios

Documento del 28 nov 2025 · hace 10 meses

La regla del índice de endeudamiento indica como límite un valor menor que 1.50, pero luego asigna cumplimiento a “Menor o igual que > 1.50” y no cumplimiento a “Mayor que < 1.50”. Esa formulación puede invertir o impedir una aplicación objetiva del criterio financiero de habilitación.

“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Descripción genérica de dos renglones no coincide con el cronograma

Documento del 28 nov 2025 · hace 10 meses

En la tabla de especificaciones aparecen dos renglones consecutivos de “GALONES DE JABON” con la misma cantidad, pero el cronograma de entrega los identifica como jabón de clorhexidina y jabón quirúrgico. Conviene verificar que las ofertas y la evaluación distinguieran claramente ambos productos y sus precios.

“GALONES DE JABON Unidad 12 Obligatoria 25. 2.3.4.1.01 GALONES DE JABON Unidad 12 Obligatoria”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Otros documentos del proceso (17)

  • 1) Solicitud de Compra o Contratacion.pdfSolicitud de compra · 28 nov de 2025 · 1 señal
  • 2) ACTA DE APROBACION ESPECIFICACIONES TECNICAS Y DESIGNACION DE PERITOS.pdfInforme pericial · 28 nov de 2025 · 1 señal
  • 2) ACTA DE APROBACION ESPECIFICACIONES TECNICAS Y DESIGNACION DE PERITOS.pdfInforme pericial · 28 nov de 2025
  • SNCC_F_056_Formulario_de_Entrega_de_Muestras.docxDocumento · 28 nov de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 28 nov de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 28 nov de 2025
  • 13 Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 15 dic de 2025 · 3 señales
  • ACTA DE ERROR HUMANO.pdfActa · 18 dic de 2025 · 2 señales
  • 13 Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • 13 Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • aperturas.pdfDocumento · —

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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  • contrato monalva.pdfContrato · —
  • Informe final del portalDocumento · —
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