El documento establece las bases del proceso INTRANT-CCC-PEOR-2025-0003 para contratar dos servicios de asesoría legal por doce meses; según el contexto del proceso, el presupuesto estimado fue de RD$10,500,000 y la convocatoria se publicó el 12 de diciembre de 2025. El pliego exige, entre otros requisitos, experiencia profesional mínima de quince años y fija un cronograma con recepción de ofertas el mismo día de la convocatoria. La adjudicación posterior, según el acta resumida en el contexto, fue distribuida entre Colecta, S.R.L. y Cristóbal Antonio Rodríguez Gómez.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cronograma fija la publicación a las 12:00 m. del 12 de diciembre y la entrega de ofertas hasta las 12:50 a.m. de ese mismo día, lo que literalmente sitúa el cierre antes de la publicación. Si “a.m.” fuera un error por “p.m.”, quedarían solo 50 minutos para presentar ofertas, con apenas 15 minutos para consultas y otros 15 para respuestas; cualquiera de las lecturas plantea una oportunidad de participación muy limitada.
“Viernes doce (12) de diciembre de 2025 … 12:00 m. … Viernes doce (12) de diciembre de 2025 … Hasta las 12:50 a.m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción
Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
El pliego exige que la experiencia del personal propuesto refleje un mínimo de quince años en varias áreas jurídicas. El requisito puede restringir la participación de equipos con experiencia pertinente pero menor antigüedad; conviene verificar su proporcionalidad y cómo se mide, pues el texto no precisa si los años se exigen por cada profesional o para el equipo en conjunto.
“experiencia del personal propuesto en Derecho Administrativo, Constitucional, Penal y Civil reflejándose un mínimo quince (15) años en el ejercicio profesional de estas materias, conforme aplique.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego afirma que recepción, apertura y evaluación se realizarán en una sola etapa, pero también describe una evaluación técnica seguida de la evaluación económica. El artículo 114 establece la separación en dos etapas y que las ofertas económicas solo se abren después de concluir y notificar la evaluación técnica; la formulación de una sola etapa merece verificarse por su efecto potencial sobre la confidencialidad y secuencia de evaluación.
“la recepción, apertura y evaluación de la oferta se llevará a cabo en una sola etapa.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 149 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 149 — Etapas comunes de los procedimientos de excepción
Artículo 149. Etapas comunes de los procedimientos de excepción. Salvo los casos de excepción por emergencia y seguridad nacional que iniciarán con decreto presidencial, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Sección I sobre “Fase de Planificación y Preparación”, del presente capítulo. Posteriormente, deberán realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones gestionará la elaboración de un informe pericial que podrá ser requerido a la unidad requirente o a un experto…
Aunque el pliego dice que la documentación financiera debe validar la estabilidad para ejecutar el contrato, enumera como comprobaciones el cumplimiento fiscal y de seguridad social y la aceptación de las condiciones de pago, sin identificar evidencia de recursos financieros o solvencia. Conviene verificar cómo se acreditaría la capacidad financiera requerida para contratar.
“La documentación financiera debe permitir validar que el oferente/proponente cuenta con estabilidad financiera para ejecutar satisfactoriamente el eventual contrato … Estar al día con sus obligaciones fiscales ante la Direccion General de”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Oferentes que registra (2)
2 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Colecta, S.R.L.El acta de adjudicación resumida en el contexto indica que cumplió con los requerimientos del pliego y las especificaciones técnicas.
Adjudicado
Sin lote; adjudicación por ítem, sin identificación del ítem asignado en la info
RD$4,500,000
Cristóbal Antonio Rodríguez GómezEl acta de adjudicación resumida en el contexto indica que cumplió con los requerimientos del pliego y las especificaciones técnicas.
Adjudicado
Sin lote; adjudicación por ítem, sin identificación del ítem asignado en la info
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona