Verificar la fecha de disponibilidad del certificado presupuestario
· hace 10 meses
El resumen de documentos del proceso ubica el certificado de apropiación presupuestaria el 2026-02-05, después de la convocatoria del 2025-12-12 y de la apertura del 2026-02-03. El acta ordena publicar ese certificado y cita que debe disponerse de él antes de iniciar o convocar; conviene verificar si existía una certificación anterior, pues el dato disponible podría indicar una secuencia distinta.
“Que según el Artículo 69, del Decreto núm. 416-23 en el párrafo II, "ningún procedimiento de contratación podrá ser iniciado ni convocado si no se dispone de la respectiva certificación de apropiación presupuestaria”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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