sábado, 17 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de condiciones.pdf

Contratación de servicio de catering para la Zona Metropolitana y el Gran Santo Domingo, dirigido exclusivamente, para (MIPYMES). · INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL

Publicado el 11 dic de 202558 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INABIE-CCC-CP-2025-0005

Lo que dice

El pliego del proceso INABIE-CCC-CP-2025-0005, convocado el 11 de diciembre de 2025, establece una comparación de precios reservada a MIPYMES para contratar catering en la Zona Metropolitana y el Gran Santo Domingo. Fija un presupuesto de RD$5,600,000, un lote único sin ofertas parciales y una vigencia contractual de un año, con servicios solicitados a requerimiento. Incluye requisitos de experiencia, referencias y certificaciones para habilitar a los oferentes.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (2 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.6 millones

Lote único integra catering y numerosos servicios accesorios

Documento del 11 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego reúne en un solo lote alimentos y servicios o alquileres de mesas, sillas, carpas, sonido, luces y transporte, y excluye las ofertas parciales. Esta combinación puede limitar la competencia a proveedores capaces de cubrir el paquete completo; conviene verificar si la integración responde a una necesidad operativa del servicio.

“El proceso del que se trata se estructura para la participación por LOTE UNICO. ... Todos los ítems serán adjudicados aun solo proveedor que cumpla con todas las Especificaciones técnicas. Por lo tanto, no se recibirán ofertas parciales”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 88 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 88 — División en renglones o lotificación

Artículo 88. División en renglones o lotificación. En los casos en que una misma convocatoria abarque un número importante de unidades del mismo bien, servicio u obra, podrá distribuirse la cantidad total en diferentes renglones o lotes.

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentosRD$5.6 millones

Contrato a requerimiento sin volumen máximo ni frecuencia estimada

Documento del 11 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego prevé solicitudes a requerimiento durante un año y hasta agotar el presupuesto, pero no consigna un máximo de unidades ni una frecuencia aproximada de solicitudes. Para contrataciones a requerimiento, el reglamento contempla que esos datos se determinen en el pliego, lo que permite precisar el alcance y controlar la ejecución.

“según descripción del con una empresa que brinde los servicios durante el tiempo requerido o hasta agotar el presupuesto. ... El Instituto Nac^nal de Bienestar Estudiantil soHcitará que el objeto de la conti'atación se cumplaa requerimiento”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 166 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 166 — Contrato u orden de compra a requerimiento

Artículo 166. Contrato u orden de compra a requerimiento. Se podrá establecer en el pliego de condiciones del procedimiento de contratación la entrega a requerimiento, cuando se trate de la contratación de bienes o servicios de uso frecuente, y sea posible realizar una estimación de consumo durante un período determinado. En estos casos, la institución contratante podrá requerir la entrega de los bienes y servicios adjudicados durante el lapso de duración previsto y al precio unitario contratado, de acuerdo con sus necesidades y con una frecuencia preestablecida y acordada en el contrato. Párrafo I. En el pliego de condiciones se advertirá que la institución contratante no asume el…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentosRD$5.6 millones

Experiencia mínima de cinco años, incluida experiencia con instituciones públicas

Documento del 11 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego exige cinco años de experiencia en el servicio y cinco años brindando servicios a instituciones públicas, además de órdenes de compra que validen la experiencia. Para un contrato estimado en RD$5,600,000, la acumulación de estos requisitos puede reducir significativamente la participación de MIPYMES con capacidad actual para prestar el servicio, aunque no se aporta aquí información para determinar cuántas cumplen.

“supUdor debe tener mínimo 5años de experiencia en dicho servicio … Contar con experiencia mínima de 5 años brindando servicios a instituciones publicas”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

ContextoHallazgo en documentosRD$5.6 millones

Certificación INDOCAL y de chef exigidas sin precisar el estándar

Documento del 11 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego exige una certificación de calidad emitida por INDOCAL y un chef «certificado en el área», pero no identifica la norma, el estándar ni el nivel concreto que debe acreditar cada requisito. Ambos requisitos son subsanables; la imprecisión puede dificultar que los oferentes sepan cómo cumplirlos y que la evaluación sea uniforme.

“Contar con un personal de cocina (Chef) certificado en el área. ... Debe presentar la certificación de calidad por el Instituto Nacional para la Calidad (INDOCAL). (a nombre del oferente). (SUBSANABLE)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Otros documentos del proceso (23)

  • Acta Núm. 0366-2025-INABIE-CCC-CP-2025-0005 inicio contratacion de catering para zona metropolitana.pdfPliego · 11 dic de 2025
  • Requerimiento.pdfPliego · 11 dic de 2025 · 3 señales
  • Solicitud de compra.pdfSolicitud de compra · 11 dic de 2025
  • Código de Integridad..pdfInforme pericial · 11 dic de 2025
  • CODIGO DE PAUTAS DE ETICA.pdfDocumento · 11 dic de 2025
  • Compromiso ético de proveedores.docxDocumento · 11 dic de 2025
  • contrato-ejecucion-de-servicios.docxContrato · 11 dic de 2025
  • Declaración Jurada Personas Jurídicas No prohibiciones (Formulario RPE-F002).docxDocumento · 11 dic de 2025
  • Declaración Jurada Personas Naturales (Formulario RPE-F004).docDocumento · 11 dic de 2025
  • Declaración Simple Sobre Beneficiarios Finales y Debida Diligencia.docxDebida diligencia · 11 dic de 2025
  • Formulario de Debida Diligencia y Declaración de Conflicto de Interés.docx

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Debida diligencia · 11 dic de 2025
  • INABIE-DCC-FO-003 - Recepción y entendimiento del código de integridad.docxDocumento · 11 dic de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 11 dic de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 11 dic de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 11 dic de 2025
  • Convocatoria.pdfDocumento · 11 dic de 2025
  • ACTA NO 0023 -2026 INABIE-CCC-CP-2025-005 PRIMERA ENMIENDA AL PLIEGO ESTANDAR DE CONDICIONES.pdfEnmienda · 3 feb de 2026 · 1 señal
  • Acta Núm. 0050-2026 INABIE-CCC-CP-2025-0005 Adjudicacion para la Contratacion de servicio de cateri.pdfActa de adjudicación · 6 mar de 2026 · 3 señales
  • ACTA INABIE-CCC-2025-0005 Apertura de apertura oferta economica sobre B.pdfActa · —
  • Acta Núm. 0050-2026 INABIE-CCC-CP-2025-0005 Adjudicacion para la Contratacion de servicio de catering.pdfActa de adjudicación · —
  • CONTRATO.pdfContrato · —
  • Informe de evaluacion economica y rec. de adj. CP 0005.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —