El Acta núm. 186/2025 adjudica el 4 de diciembre de 2025 a Centro Cuesta Nacional, S.A.S. el alquiler por tres años del local para la oficina Protecom Charles de Gaulle, por RD$5,910,281.08. El Comité sustenta la selección directa por proveedor único en que el inmueble, utilizado desde 2019, estaría adaptado y no tendría alternativas equivalentes; el monto adjudicado está por debajo de la apropiación presupuestaria de RD$6,008,058.53.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra convocatoria, cierre y apertura el 3 de diciembre de 2025; el acta confirma que el proceso se publicó ese día y consigna la adjudicación al día siguiente. Aunque fue una selección directa por proveedor único, conviene revisar si el plazo entre convocatoria y oferta fue razonable y proporcional para esta contratación.
“Que en fecha tres (03) de diciembre del año dos mil veinticinco (2025) se publicó en el portal del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas el proceso de excepción por proveedor único”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
El acta adjudica a Centro Cuesta Nacional, proveedor único, y señala que el local se utiliza desde 2019 y que no hay alternativas con las mismas condiciones; el portal registra una sola oferta. La dependencia de una única opción hace pertinente verificar la sustentación de la exclusividad del inmueble y la razonabilidad del precio, sin que ello por sí solo determine una irregularidad.
“Dada la ubicación estratégica y las características del local, no existen alternativas viables que ofrezcan el mismo nivel de servicio, accesibilidad y adaptabilidad a las necesidades de la Superintendencia de Electricidad.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Centro Cuesta Nacional, S.A.S.El acta indica que el inmueble cumple las condiciones requeridas y que la oferta es la mejor alternativa por servicio, accesibilidad, adaptabilidad y adecuaciones; también señala que se ajusta a la apropiación presupuestaria.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona