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Abriendo la ficha…

Estudio previo

Estudios previos PEPU 0018.pdf

Contratación de local de oficina Protecom Charles de Gaulle de esta SIE, Correspondiente al 2025. · Superintendencia de Electricidad

Publicado el 2 dic de 2025Fechado el 10 ago de 202511 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SIE-CCC-PEPU-2025-0018

Lo que dice

El estudio previo, elaborado el 11 de agosto de 2025, justifica contratar por excepción de proveedor único el alquiler por tres años del local usado por PROTECOM en CCN Charles de Gaulle. Estima un costo total de RD$6,008,058.53, incluidos alquileres y gastos asociados, pero consigna también cifras de alquiler y porcentajes de ajuste que no coinciden entre sí.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

El porcentaje de aumento anual aparece contradictorio

Documento del 2 dic 2025 · hace 10 meses

En una sección se fija un ajuste anual del 10%, pero otras partes describen incrementos del 5% y calculan los montos anuales con ese incremento. La diferencia puede cambiar el costo del arrendamiento a lo largo de los tres años y requiere aclarar qué condición se tomó como base.

“Modalidad de pago: Pagos mensuales, con ajuste anual del 10% sobre el monto base de alquiler. … Año 2 (con incremento del 5%):”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Cita un numeral sobre vacunas para justificar proveedor único

Documento del 2 dic 2025 · hace 10 meses

El estudio invoca el artículo 6, numeral 5, de la Ley 340-06 para sustentar el procedimiento por proveedor único. Ese numeral fue agregado para excluir ciertas compras de vacunas; la excepción por exclusividad está en el párrafo del artículo 6, numeral 3, y el reglamento regula el proveedor único en el artículo 57. Conviene verificar la fundamentación normativa del expediente.

“A su vez, corresponde presentar las debidas justificaciones técnicas, económicas y legales para que este alquiler pueda ser realizado mediante el procedimiento de excepción por Proveedor Único, conforme al artículo 6 numeral 5 de la Ley 340”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 6 · Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 6

ART. 6. Se excluyen de la aplicación de la presente ley los procesos de compras y contrataciones relacionados con: 1) Los acuerdos de préstamos o donaciones con otros Estados o entidades de derecho público internacional, cuando se estipule en dichos acuerdos, en cuyos casos se regirán por las reglas convenidas, en caso contrario se aplicará la presente ley. 2) Operaciones de crédito público y la contratación de empleo público, que se rigen por sus respectivas normas y leyes; 3) Las compras con fondos de caja chica, las que se efectuarán de acuerdo con el régimen correspondiente; 4) La actividad que se contrate entre entidades del sector público. PÁRRAFO. Serán considerados casos de…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único

Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…

ContextoHallazgo en documentosRD$92,756

Estudio previo consigna dos bases de alquiler que difieren en RD$92,755.68

Documento del 2 dic 2025 · hace 10 meses

El estudio previo presenta dos estimaciones de alquiler: la justificación económica usa pagos mensuales de RD$147,109.80, RD$154,465.20 y RD$162,188.40 (total RD$5,565,160.80), mientras la sección de presupuesto usa RD$149,561.63, RD$157,039.71 y RD$164,891.70 (total RD$5,657,916.48), que más RD$350,142.05 de primas, garantías y gastos legales suma RD$6,008,058.53, monto consistente con la solicitud de compra y el portal. La diferencia de RD$92,755.68 entre ambas bases no afecta el monto estimado del proceso ni el adjudicado (RD$5,910,281.08).

“Total anual (con impuestos): US$29,421.96 equivalentes a DOP$1,765,317.60 … Costo Total del Contrato con impuestos incluidos (3 años): DOP$ 5,565,160.80 … El valor estimado del contrato de alquiler del inmueble destinado a las operaciones d”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Otros documentos del proceso (10)

  • Informe just último pepu 0018.pdfInforme justificativo · 2 dic de 2025
  • Sol 336 pepu 0018.pdfSolicitud de compra · 2 dic de 2025 · 1 señal
  • Ficha tecnica pepu 0018.pdfPliego · 2 dic de 2025 · 1 señal
  • ACTA 161 PEPU 0018.pdfActa · 2 dic de 2025 · 1 señal
  • PLIEGO DE CONDICIONES pepu 0018.docxPliego · 3 dic de 2025
  • Acta 186 pepu 0018.pdfActa · 11 dic de 2025 · 2 señales
  • Acta 186 pepu 0018.pdfActa · —
  • Cuota pepu 0018.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Orden de Servicio_11/12/2025_6_10 p.m..PdfDocumento · —

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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