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Pliego

Pliego de Condiciones construccion aceras y contenes.pdf

CONTRATACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ACERAS Y CONTENES PARA SER REALIZADAS EN LAS CIRCUNSCRIPCIONES 1, 2 Y 3 DEL MUNICIPIO DE SANTO DOMINGO ESTE · Ayuntamiento Santo Domingo Este

Publicado el 9 dic de 2025Fechado el 9 dic de 202551 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ASDE-CCC-CP-2025-0020

Lo que dice

El pliego, fechado el 10 de diciembre de 2025, establece las reglas de una comparación de precios para construir aceras y contenes en las circunscripciones 1, 2 y 3 de Santo Domingo Este, con un presupuesto base de RD$69,203,049.55. Fija, entre otros requisitos, condiciones de residencia en el municipio, crédito comercial, experiencia y evaluación técnica y económica; algunas de esas reglas presentan restricciones o inconsistencias que merecen revisión.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$17.3 millones

Línea de crédito exigida por el 25 % del valor de la obra

Documento del 9 dic 2025 · hace 10 meses

Se exige una certificación de crédito comercial equivalente al 25 % del lote, emitida por ferreterías o entidades comerciales de materiales de construcción; para el presupuesto base, equivale a aproximadamente RD$17,300,762.39. El requisito puede limitar la participación de empresas que, aun contando con capacidad financiera, no obtengan crédito en esas condiciones o de esos emisores; merece verificarse su proporcionalidad con la obra.

“Certificaciones emitidas por ferreterías o entidades comerciales que se dediquen a la venta y/o comercialización de materiales de construcción, en la que indique: (i) Que el Oferente/Proponente posee disponibilidad de créditos por un monto ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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A revisarHallazgo en documentos

Requisitos de experiencia con mínimos distintos

Documento del 9 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego establece dos años mínimos como contratista para una persona jurídica, pero en otra tabla fija seis años como mínimo de experiencia y exige un mínimo de tres obras similares, frente a la exigencia previa de dos contratos similares. Estas diferencias pueden producir resultados distintos al determinar quién cumple la calificación.

“Tiempo mínimo requerido como contratista: dos (2) años mínimo Persona Jurídica … Experiencia Persona Jurídica Tiempo de experiencia … Mínimo 6 años Experiencia en obras similares Mínimo 3 obras similares acorde a lo requerido por lote”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

A revisarHallazgo en documentos

Residencia municipal como requisito de participación

Documento del 9 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego pide evidencia de que el oferente reside en Santo Domingo Este. Aplicado a personas jurídicas, este requisito puede excluir a empresas de otras localidades aunque tengan capacidad para ejecutar la obra y restringir la competencia por una condición territorial.

“Evidencia de que reside en el municipio de Santo Domingo Este (facturas de pago de servicios o cualquier otro documento que pueda indicar su dirección)”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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A revisarHallazgo en documentos

Fórmula de evaluación invierte los pesos técnico y económico

Documento del 9 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego asigna hasta 70 puntos a la evaluación técnica y 30 a la económica, pero la fórmula combinada otorga 30 % al puntaje técnico y 70 % al económico. La contradicción puede cambiar el orden de las ofertas y, por tanto, el resultado de la adjudicación.

“Las evaluaciones Técnicas y Económicas se calificarán con un máximo de cien (100) puntos. El puntaje total de la Oferta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula: PTOi = (0.30 x Pti)”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$69.2 millones

Posible rechazo de ofertas por superar el presupuesto base

Documento del 9 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego permite rechazar como no sustentable una oferta por superar el presupuesto de referencia, además de fijar un límite relacionado con ofertas bajas. La regla merece revisión porque el reglamento regula la descalificación por precios no sustentables o temerarios con criterios definidos en el pliego y un análisis previo; el documento no aclara cómo se aplicaría ese procedimiento a una oferta superior al presupuesto.

“Las propuestas económicas de un oferente podrán rechazarse si (por considerarse la oferta no SUSTENTABLE Y TEMERARIA) Supera el presupuesto de referencia de la entidad contratante o que este por debajo de un diez (10%) del presupuesto de re”

Posible explicación normal: puede tratarse del procedimiento de control funcionando.

Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

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Otros documentos del proceso (15)

  • CERTIFICACION DE FONDOS.pdfCertificación de fondos · 3 dic de 2025
  • ESPECIFICACIONES TECNICAS CRUCIALES.pdfPliego · 3 dic de 2025 · 2 señales
  • REQUERIMIENTO.pdfSolicitud de compra · 3 dic de 2025
  • CONST ACERAS Y CONTENES CIR 1 2 Y 3.xlsxDocumento · 3 dic de 2025
  • ACTA 001.pdfInforme pericial · 5 dic de 2025 · 1 señal
  • ACTA 002.pdfPliego · 5 dic de 2025 · 1 señal
  • DECRETO.pdfDocumento · 5 dic de 2025
  • Formularios.zipDocumento · 9 dic de 2025
  • CARTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 12 feb de 2026 · 4 señales
  • CERTIFICACION DE FONDOS CONSTRUCCION DE ACERAS Y CONTENES.pdfCertificación de fondos · —
  • CERTIFICACION DE FONDOS CONSTRUCCION DE ACERAS Y CONTENES.pdfCertificación de fondos · —

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

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