El acto EDEESTE-GG-047-2025, fechado el 15 de octubre de 2025, declara de emergencia la compra de materiales eléctricos para subestaciones, al amparo del Decreto 517-25. Cita un monto referencial global de RD$1,284,523,776.37 con impuestos incluidos y dispone que el procedimiento sea competitivo, con plazos reducidos. También instruye a Finanzas a informar a la Cámara de Cuentas y a la Contraloría una vez culminado el procedimiento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto ordena remitir el informe después de culminado el procedimiento, pero no consigna el plazo máximo de quince días hábiles desde que se satisface la necesidad que establece el reglamento, ni atribuye expresamente la remisión a la máxima autoridad ejecutiva. La redacción deja por verificar cómo se cumplirá ese control de rendición de cuentas.
“ORDENAR como al efecto ORDENO a la Dirección Finanzas de EDEESTE, toda vez culminado el procedimiento de excepción de emergencia nacional, a rendir un informe a la Cámara de Cuentas y a la Contraloría General de la República, sobre los recu”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 151 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 151 — Informe de rendición de cuentas
Artículo 151. Informe de rendición de cuentas. En los procedimientos de excepción por seguridad nacional, emergencia nacional y urgencia, una vez satisfecha la necesidad, la máxima autoridad ejecutiva remitirá un informe motivado sobre todas las contrataciones realizadas y el gasto público vinculado, a la Cámara de Cuentas y a la Contraloría General de la República, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles. En los casos de seguridad nacional, este informe también deberá ser remitido al presidente de la República.
El acto justifica la emergencia con sobrecargas y averías, pero también con fenómenos descritos como recurrentes, desabastecimiento de materiales y metas pendientes para el cierre de 2025. Aunque invoca el Decreto 517-25, conviene verificar la relación concreta entre esos problemas y la necesidad inmediata de adquirir todos los materiales del proceso.
“Que la ocurrencia recurrente de fenómenos atmosféricos que han impactado de forma perjudicial nuestras operaciones, junto con el incremento en la demanda de energía provocado por las elevadas temperaturas, han representado para EDEESTE dive”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 52 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 52 — Procedimiento de excepción por emergencia nacional
Artículo 52. Procedimiento de excepción por emergencia nacional. Se utilizará el procedimiento de excepción por emergencia nacional para las compras y contrataciones de bienes, servicios y obras necesarios para atender y dar respuesta a circunstancias, acontecimientos graves e inminentes de fuerza mayor que son imposibles de evitar y afectan o pudieran afectar a todas las personas, el interés público, vidas o la economía del país. Serán consideradas causas de emergencia nacional, de manera enunciativa y no limitativa, las siguientes: 1. Catástrofes naturales, calamidades públicas (terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos o forestales). 2. Crisis sanitarias (pandemias y…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona