Publicado el 8 dic de 2025Fechado el 1 dic de 20257 páginasEn el mensaje «Resolución que aprueba enmienda, pliego de condiciones versión enmienda y circular de respuestas a oferentes (no. 02)»
La Resolución CCC-427-2025, aprobada el 2 de diciembre de 2025, aprueba una enmienda al pliego de la licitación INDOTEL-CCC-LPN-2025-0004. Modifica cantidades y especificaciones de servidores, cámaras, switches y controles de acceso; también fija que el plazo de entrega de 90 días comienza con la certificación de la Contraloría General y ordena conceder diez días desde la publicación de la enmienda para presentar ofertas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución reduce o modifica cantidades de múltiples componentes y altera especificaciones, pero concede diez días desde la publicación para presentar propuestas. Merece verificarse si ese plazo fue proporcional a la complejidad de los cambios, como dispone el artículo 107, párrafo I, del Reglamento 416-23; la resolución no indica cómo se determinó esa proporcionalidad.
“SEGUNDO: ORDENAR que se adapte el cronograma y se otorguen diez (10) días, a partir de la publicación de esta enmienda, para que los eventuales oferentes puedan presentar sus propuestas.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La resolución registra que la DGCP observó que había anexos ajenos al proceso y que la situación ya se había señalado previamente; INDOTEL respondió que no identificaba documentos errados o desvinculados. La discrepancia amerita verificar qué anexos quedaron publicados en el expediente, sin que esta resolución por sí sola permita establecer cuáles eran ni si persistió el problema.
“Se ha verificado que en el presente proceso existen anexos que no corresponden al proceso de referencia. Asimismo, se constata que esta situación ya había sido observada previamente. … Respuesta: No se identifica documento errado y/o que no”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
Numeral 3: especificaciones técnicasCantidades y características de equipos
Servidor de grabación: 2; domos: 186; domos con audio: 12; bullets: 22; panorámicas: 13; switches: 25; switches core: 2; control con botón: 95; ascensores: 6; asistencia y torniquetes: 18. Resolución de cámaras: 4MP.
Servidor: 1; domos: 114 y domos con audio: 6, ambos a 5MP; bullets: 10; panorámicas: 5; switches: 14; core: 1; control con botón: 84; ascensores: 3; asistencia y torniquetes: 6. Se eliminan gabinete de pared y cableado UTP, salvo terminación.
Neutral
Numeral 6: plazo de entregaInicio del plazo de ejecución
Entrega del sistema en un máximo de 90 días calendario, sin indicar en el texto citado el punto de partida.
Entrega en un máximo de 90 días calendario contados a partir de la certificación emitida por la Contraloría General de la República.
Aclara
CronogramaPlazo para presentar propuestas tras la enmienda
Cronograma anterior a la enmienda; el documento no consigna aquí el plazo previo de presentación.
Se ordena adaptar el cronograma y conceder diez días desde la publicación de la enmienda para presentar propuestas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona