Adjudica RD$30.8M con certificación vigente de RD$28M y ordena actualizarla en el mismo acto
· hace 6 meses
El comité adjudica a Netsol, Soluciones de Redes, SRL por RD$30,799,626.04, es decir RD$2,799,626.04 más que la certificación de apropiación núm. 2025-450 (RD$28,000,000), y lo consigna expresamente en la propia resolución: invoca el artículo 136 del Reglamento 416-23 (no procede declarar desierto porque la oferta no supera en más de 25% la apropiación) y ordena en el mismo acto requerir a la Dirección Financiera la actualización de la certificación al monto adjudicado. El portal registra la cuota SIGEF aprobada por RD$30,799,626.04, pero la adjudicación se emitió mientras la certificación vigente cubría solo RD$28,000,000.
“«AUTORIZAR ... la actualización de la certificación de apropiación presupuestaria núm. 2025-450, para que aumente de ... (RD$28,000,000.00) a ... (RD$30,799,626.04)» … «ADJUDICAR al Netsol, Soluciones de Redes, SRL ... por un monto total ..”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · Reglamento 416-23, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
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